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OBLIGACIONES PERSONAS FÍSICAS CON ACTIVIDAD EMPRESARIAL Y PROFESIONAL -…
OBLIGACIONES PERSONAS FÍSICAS CON ACTIVIDAD EMPRESARIAL Y PROFESIONAL
Fracción I
Estar inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC)
Fracción II
Levar contabilidad de acuerdo al CFF y su Reglamento
Fracción III
Expedir comprobantes fiscales (ingresos)
Fracción IV
Guardar la contabilidad y comprobantes de los asientos realizados.
Fracción V
Aquellos con actividad empresarial, deben de formular un estado de posición financiera y examinar inventario el 31 de diciembre de cada año.
Fracción VI
Determinar la utilidad fiscal y el monto correspondiente a la PTU (Declaración anual)
Fracción VII
Presentar y mantener disponibles la información fiscal de acuerdo al:
Artículo 76 Fracción VI
A más tardar el 15 de febrero de cada año
El saldo insoluto al 31 de diciembre del año anterior por residentes en el extranjero
Tipos de financiamientos con una descripción detallada del contrato: nombre del beneficiario, tipo de moneda, tasa de interés aplicado, fechas, etc.
Artículo 76 Fracción XV
Realizar por medios y formatos electrónicos las declaraciones a más tardar el día 17 del mes anterior de realizar ejercicios
Fracción VIII
Dar las constancias y comprobantes en los que asienten el monto de los pagos efectuados de acuerdo a ingresos
Fracción IX
Aquellos contribuyentes que realicen pagos por conceptos del Capítulo 1
Fracción X
Presentar a más tardar el 15 de mayo del año anterior, la terminación del ejercicio y demás operaciones efectuadas.
Fracción XI
Guardar la documentación para futuras comprobaciones y de aquellas operaciones que tengan relación, también para que demuestren el monto de sus ingresos y deducciones
Con relación al Artículo 76 Fracción IX datos que deben contener
a) Nombre, denominación o razón social, domicilio y residencia fiscal.
b) Información de las funciones, actividades, activos utilizados y riesgos asumidos por el contribuyente
c) Información y documentación sobre las operaciones con partes relacionadas y montos
d) Método aplicado, incluyendo la información y documentación sobre las operaciones realizadas
LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA (LISR) ARTÍUCLO 110