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Procedimientos Especiales en el Sistema penal Acusatorio y Oral.,…
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Procedimiento Procedimiento para la aplicación de ajustes razonables en la audiencia inicial si en el curso de la audiencia inicia, aparecen indicios de que el imputado esta en alguno de los supuestos de inimputabilidad previstos en la parte general del código penal aplicable.
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familiares, acepten el modo en el que la comunidad, conforme a sus propios sistemas normativos en la
bienes personales de alguno de sus miembros, y tanto el imputado como la víctima, o en su caso sus
El ejercicio de la acción penal corresponde al Ministerio Público, pero podrá ser ejercida por los
particulares que tengan la calidad de víctima u ofendido en los casos y conforme a lo dispuesto en este código.
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La audiencia continuara con las mismas reglas generales pero se proveerán los ajustes razonables que determinen el juez de control para garantizar al acceso a la justicia de la persona
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querella, cuya penalidad sea alternativa, distinta a la privativa de la libertad o cuya punibilidad máxima no
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La víctima u ofendido podrá acudir directamente ante el Juez de control, ejerciendo acción penal por
particulares en caso que cuente con datos que permitan establecer que se ha cometido un hecho que la
ley señala como delito y exista probabilidad de que el imputado lo cometió o participó en su comisión.
El Ministerio Público podrá ejercer la acción penal en contra de las personas jurídicas con excepción
de las instituciones estatales, independientemente de la acción penal que pudiera ejercer contra las
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o en los casos en que la solución no considere la perspectiva de género, afecte la
dignidad de las personas, el interés superior de los niños y las niñas o del derecho a una vida libre de
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Identificación de los supuestos de inimputabilidad
ajustes de procedimiento medida cautelares aplicables a inimputables
No se extinguirá la responsabilidad penal de las personas jurídicas cuando se transformen, fusionen,
absorban o escindan.
El ejercicio de la acción penal por particular hará las veces de presentación de la querella y deberá
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II. Si la víctima o el ofendido son una persona jurídica, se indicará su razón social y su domicilio,
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III. El nombre del imputado y, en su caso, cualquier dato que permita su localización;
IV. El señalamiento de los hechos que se consideran delictivos, los datos de prueba que los
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comisión, los que acrediten los daños causados y su monto aproximado, así como aquellos que
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V. Los fundamentos de derecho en que se sustenta la acción, y
VI. La petición que se formula, expresada con claridad y precisión.
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Universidad autónoma de Tlaxcala campus Teacalco Licenciatura en derecho unidad de aprendizaje: sistema penal acusatorio adversarial Doctor: Gilberto Pineda Martinez Quinto semestre Yatziry Juarez Gutierrez Fuentes de consulta: Art 414- 429 CNPP
regulación y solución de sus conflictos internos proponga resolver el conflicto, se declarará la extinción de
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En estos casos, cualquier miembro de la comunidad indígena podrá solicitar que así se declare ante el
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Se excluyen de lo anterior, los delitos previstos para prisión preventiva oficiosa en este Código y en la
Las personas jurídicas serán penalmente responsables, de los delitos cometidos a su nombre, por su
cuenta, en su beneficio o a través de los medios que ellas proporcionen, cuando se haya determinado
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aparente, cuando continúe su actividad económica y se mantenga la identidad sustancial de sus clientes
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A las personas jurídicas, con personalidad jurídica propia, se les podrá aplicar una o varias de las
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II. Decomiso de instrumentos, objetos o productos del delito;
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