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Derecho colectivo del trabajo, DERECHO DEL TRABAJO NÉSTüR DE BUEN L. -…
Derecho colectivo del trabajo
creación fundamental del Estado, intenta nevar al trabajador, individualmente considerado, el beneficio de una legislación protectora que impida la explotación patronal.
los instrumentos colectivos: coalición, asociación profesional, sindicato y huelga, son claramente instrumentos de clase.
"El derecho colectivo del trabajo no se refiere directamente al trabajador individualmente considerado, sino que tiene por finalidad la consideración de los grupos sociales que se encuentran vinculados por el trabajo y su accíón
derecho individua
se refiere a los trabajadores
derecho colectivo
a la clase trabajadora
sin embargo se establecen derechos de preferencia que atienden a múltiples fqctores: nacionalidad mexicana de origen, nacionalidad mexicana en general, antigüedad mayor, condición de ser responsable de una familia
El reconocimiento constitucional al derecho de asociaci6n profesional y al de huelga y el establecimiento específico a nivel legal del contrato colectivo de trabajo permiten atribuir al derecho colectivo nacional una importancia indiscutible
. El derecho colectivo no se integra solo con instituciones que favorecen a los trabajadores.
En la clasificación de los temas del derecho colectivo se producía un delicado problema de sistemática que ha sido resuelto, desde la perspectiva legal
1~ El derecho de asociación profesional.
2~ El contrato colectivo de trabajo.
3~ El reglamento interior de trabajo.
4~ Modificación, suspensión y terminación de las relaciones colectivas de trabajo.
5~ El derecho de huelga
el derecho individual se integra para evitar que una insuficiente conciencia de clase por parte del trabajador, permita su explotación
el trabajador que conoce la realidad de su posición social adquiere una plena conciencia de clase y crea, por ello mismo, los instrumentos que le permitirán, a través de la unión proletaria, equilibrar sus fuerzas con las del patrón y aún superar las de éste
DERECHO DEL TRABAJO
NÉSTüR DE BUEN L.