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Notificaciones y Buzón Tributario - Coggle Diagram
Notificaciones y Buzón Tributario
Buzón Tributario
Servicios Disponibles
Notificación Electrónica.
Mis documentos.
Mensajes de Interés.
Trámites
Contabilidad Electrónica.
Devoluciones y Compensaciones.
Fiscalización Electrónica.
Recurso de revocación en línea.
Consultas y Autorizaciones (jurídica).
Donatarias autorizadas.
Concepto
Es un canal de comunicación entre el SAT y los contribuyentes.
Articulo 134
Las Notificaciones de los Actos Administrativos se Harán
Por estrados, cuando la persona a quien deba notificarse no sea localizable en el domicilio que haya señalado para efectos del registro federal de contribuyentes.
Por edictos, en el caso de que la persona a quien deba notificarse hubiera fallecido y no se conozca al representante de la sucesión.
Por correo ordinario o por telegrama, cuando se trate de actos distintos de los señalados en la fracción anterior.
Por buzón tributario, personalmente o por correo certificado, cuando se trate de citatorios, requerimientos, solicitudes de informes o documentos y de actos administrativos que puedan ser recurridos.
Articulo 137
Se causarán a cargo de quien incurrió en el cumplimiento los honorarios que establezca el reglamento de este Código, si las notificaciones se refieren a requerimientos para el cumplimiento de obligaciones no satisfechas denbtro de los plazos legales.
Cuando las notificaciones se efectúen personalmente y el notificador no encuentre a quien deba notificar
El objeto del mismo es para que el destinatario de la notificación espere en dicho lugar a una hora fija del día hábil posterior que se señale en el mismo.
En caso de que no se encuentre en el domicilio alguna persona con quien pueda llevarse a cabo la diligencia o quien se encuentre se niegue a recibir el citatorio, éste se fijará en el acceso principal de dicho lugar y de ello, el notificador levantará una constancia.
Le dejará citatorio en el domicilio, señalando el día y la hora en que se actúa.
Referencias Bibliográficas
http://omawww.sat.gob.mx/BUZONTRIBUTARI
https://www.sat.gob.mx/CONSULTA/36383/S
https://www.diputados.gob.mx/LEYESBIBLIO/