Alcances de los artículos 2, 40, 124, 73, 115 y 122 de la Constitución.
Artículo 2
Artículo 124
Artículo 115
Artículo 40
Artículo 122
Artículo 73
Nuestro país es:
La Nación Mexicana es única e indivisible
Tiene una composición pluricultural sustentada originalmente en sus pueblos indígenas
Son aquellos que descienden de poblaciones que habitaban en el país al iniciarse la colonización
El Convenio 169 de la OIT, es su complemento
Los pueblos indígenas y tribales deberán gozar plenamente de los derechos humanos y libertades fundamentales, sin obstáculos ni discriminación.
Alcances
Garantizar que las mujeres y los hombres indígenas disfrutarán y ejercerán su derecho
de votar y ser votados en condiciones de igualdad
Preservar y enriquecer sus lenguas, conocimientos y todos los elementos que constituyan
su cultura e identidad.
Una República
Democrática
Laica
Representativa
Federal
Compuesta por Estados libres y soberanos
Base de:
Las facultades que no están expresamente concedidas
Se entienden reservadas
A los Estados o a la Ciudad de México
En los ámbitos de
sus respectivas competencias.
Solo las leyes generales son:
Una excepción a este principio general de competencias
A
Su división territorial política y administrativa
Conforme a:
El municipio libre
Gobierno: Ayuntamiento de elección popular directa
Elecciones
Patrimonio y recursos
Servicios Públicos
Participación en el desarrollo estatal y federal
Relaciones laborales
La Ciudad de México es una entidad federativa
Goza de autonomía en todo lo
concerniente a su régimen interior
Sede de los Poderes de la Unión
La Administración Pública de la Ciudad de México será centralizada y paraestatal
Facultades del Congreso
Puede admitir nuevos Estados a la Unión Federal
Para cambiar la residencia de los Supremos Poderes de la Federación.
Para imponer las contribuciones necesarias a cubrir el Presupuesto.
ANGELA PATRICIA DIAZ ROSADO, 9304