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Principios de la actividad administrativa en relación con las personas -…
Principios de la actividad administrativa en relación con las personas
Art. - 18 del COA nos habla del Principio de interdicción de la arbitrariedad
Se deberá de emitir cualquier acto de parte de los órganos públicos ya sea del principio de juricidad e igualdad
En el art. 118 de la Constitución de nuestra República, se establece cuales son las entidades e instituciones del Estado.
La República del Ecuador comprende un total de 221 de entidades publicas subnacionales
Art. - 19 del mismo COA, Principio de imparcialidad e independencia.
Los servidores públicos no podrán resolver los conflictos de intereses o actuaciones que sean incompatibles
Tomaran sus decisiones de manera autónoma.
Los jueces deberán tomar decisiones y
emitir resoluciones con imparcialidad, no habrá favoritismo alguno.
Art.24. Principio de protección
de la intimidad
Las administraciones públicas, como regla fundamental tiene que cuando manejen datos personales, deben observar y garantizar el derecho a la intimidad personal, familiar y respetar la vida privada del individuo.
Art.- 20 Principio de Control
Todos los órganos y entidades que conforman el sector público, velarán por el respeto del principio de juridicidad
Órganos y entidades públicas, con competencias de control, no podrán sustituir a aquellos sometidos a dicho control, en el ejercicio de las competencias a su cargo.
Este principio se relaciona claramente al principio de juridicidad el cual a su vez deriva del principio de legalidad
Art. 23. - Principio de racionalidad
La decisión jurídica debe respetar los criterios de racionalidad establecidos por el ordenamiento jurídico
Tanto así que en un primer estadio, la decisión jurídica debe ser racional
Art. 21.- Principio de ética y probidad
Los servidores o entidades públicos, actuarán con rectitud, lealtad y honestidad.
La ética laica surge de la necesidad de los Estados de implantar ciertos valores morales en la sociedad sin recurrir a la religión ni otros dogmas
Art. 22.- Principios de seguridad jurídica y confianza legítima
La administración pública respetará los criterios que se han generado, considerando criterios como de certeza y previsibilidad.
No se puede afectar los derechos de los ciudadanos por simples errores en lo que hayan recaído los servidores públicos.