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EL DERECHO EN LA EDAD MEDIA - Coggle Diagram
EL DERECHO EN LA EDAD MEDIA
ESTADO DE DERECHO
Los germanos nómadas junto con los conquistadores llegaron con su propio derecho aún cuando los romanos tenían el suyo de una civilización establecida. Ante todo este conflicto, llegaron a un acuerdo de crear un sistema personal de derecho, en el cual cada pueblo se rigiera a la ley que pertenecía. Cuando los pueblos chocaban por diferencias, se podrían dar tres situaciones.
-Se destruía una de esas culturas y se formaba una nueva con mayor fuerza.
-Uno de los pueblos absorbe completamente al otro incorporándose en un todo.
-Se crean dos nuevas culturas que crecen paralelas en un mismo tiempo y lugar. Esto ultimo fue lo que ocurrió en el derecho de la Edad Media.
Debido a esta consecuencia los reyes barbaros redactaron las leyes germanas que fueron llamadas: (Lex Barbarorum, Lex Visigotum, Lex Lombarda, Lex Alamanorum).
SURGIMIENTO DEL ESTADO / NACIÓN
La iglesia pierde poder temporal, el feudalismo se convierte en una carga insoportable para los habitantes, el municipio se degenera y el parlamento al debilitarse la nobleza y el municipio pierde temporalmente importancia. Surge una nueva potestad llamada nación personificada en el Rey, con la creación de la nación. Nacen los grandes Estados de Francia, España e Inglaterra, mientras que Alemania e Italia no lograron de la etapa medieval y se quedaron en esta nueva política.
El Rey no tiene freno para sus poderes y nacen las monarquías absolutas en el siglo XV.
SISTEMA JUDICIAL
Se difunde por toda Europa el Código Justiniano, aparece un interés por el derecho y nacen las primeras escuelas de jurisprudencia y en Boloña parece la escuela de los glosadores, los que llegaron a ampliar los alcances del Código fueron los posglosadores. En el Código Justiniano encontraron un sistema ya completo lo que significó un avance y un ahorro de esfuerzo.
Durante los siglos XVII y XVIII Hugo Groccio, pone en boga una idea nueva sobre el derecho natural la cual se impone al derecho positivo de cada nación, procurando que el derecho positivo pueda amoldarse al natural, esta corriente sirvió para limpiar a los Estados de las anarquías medievales. Con este movimiento se concretan: La Declaración de los Derechos del Hombre en Francia, el Bill de los Derechos de Inglaterra y la Constitución en los Estados Unidos.
La Edad Media se divide en dos grandes etapas:
-La Edad Media Alta se dio entre los (siglos I y XIII) , se caracterizo por una adaptación local de las relaciones que el imperio romano había establecido con los diferentes pueblos conquistadores, especialmente con Europa Occidental católica, estas relaciones se dieron hasta la llegada de la Edad Media Baja. La Edad Media Alta se extiende desde la formación de los reinos germánicos hasta la consolidación del feudalismo.
-La Edad Media Baja se dio hasta hasta el siglo XV, se caracterizo por el crecimiento de las ciudades , la expansión territorial y el florecimiento del comercio
EL DERECHO ROMANO Y CANÓNICO
El derecho romano constituye el hilo conductor de la traición jurídica occidental. El derecho romano es piedra angular de nuestro derecho actual, con excepción de las regiones donde se aplica el derecho musulmán e hindú, el derecho clásico chino y los derechos consuetudinarios.
CONCEPTOS FUNDAMENTALES DEL DERECHO ROMANO
Los conceptos jurídicos esenciales elaborados por los romanos fueron:
EL TÉRMINO IUS: A nivel subjetivo se refiere al derecho de un individuo a exigirle a otro que de, haga o deje de hacer algo, es decir un derecho personal.
LA JUSTICIA (iutitia): Fue definida como la constante voluntad de dar a cada lo suyo y no fue entendida por los romanos como un elevado valor abstracto, sino como el criterio practico conforme el cual se lograba una sana ordenación en el seno de la comunidad.
EL DERECHO PÚBLICO (ius publicum): Se refería a la organización del Estado.
EL DERECHO PRIVADO (ius privatum): Se refería a la utilidad de los particulares (privus), aunque de la concepción romana no se infiriese que el derecho publico no interesaba a los particulares, o que el privado no atañera también a la comunidad.
EL DERECHO CIVIL (ius civile): Fue creado para que se rigiesen por el los ciudadanos romanos.
EL DERECHO COMÚN (ius commune): Regía en forma abstracta para una serie ilimitada de casos contenidos por el mismo, en ciertas ocasiones era necesario alterar el sentido del derecho común, porque así convenia al bien general, lo cual hace el derecho singular.
La Edad Media se dio aproximadamente en el siglo V hasta el siglo XV cuando se produjo la caída de Constantinopla, en la edad media abarcan las civilizaciones Grecia y Roma y la civilización de la Europa Moderna, a partir de estas dos civilizaciones viene su nombre, pues estaba en medio de estas dos.