El Art. 1489 del Código Civil, hace referencia que la obligación condicional es la que depende de una condición, esto es, de un acontecimiento futuro que puede suceder o no, es decir dependen del cumplimiento de una condición que puede ser positiva que depende que acontezca una cosa o condición negativa en la que no debe suceder una cosa.
En cuanto a las obligaciones modales son aquellas que están sujetas o ligadas siempre a una condición o a un plazo especifico, en cambio las obligaciones condicionales dependen de un hecho futuro, incierto, para que se de esta obligación.
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