1. Derivado de caso fortuito y priva del conomiento del autor en el momento en que comete el acto, no hay responsabilidad;
2. Derivado de caso fortuito y no es completa, pero disminuye el conocimiento, existe responsabilidad atenuada imponiendo la pena prevista en el COIP, reduciendo en un tercio.
3. Si no deriva de caso fortuito, ni excluye, ni atenúa, ni agrava la responsabilidad; y,
4. Premeditada con el fin de cometer la infracción o de preparar una disculpa, siempre es agravante.