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Instrumentos de la política ambiental, Valeria Sharaí Muñoz González. …
Instrumentos de la política ambiental
I. Planeación ambiental
Artículos
Artículo 17
Incorporar la política ambiental y el ordenamiento ecológico que se establezcan de conformidad con esta Ley y las demás disposiciones en la materia.
Artículo 18.
El Gobierno Federal promoverá la participación de los distintos grupos sociales en la elaboración de los programas que tengan por objeto la preservación y restauración del equilibrio ecológico y la protección al ambiente.
Artículo 17 Ter
Las dependencias instalarán en los inmuebles a su cargo, un sistema de captación de agua pluvial, atendiendo los requerimientos de la zona geográfica.
Artículo 17 Bis
La Administración Pública Federal, el Poder Legislativo Federal y el Poder Judicial de la Federación, expedirán los manuales de sistemas de manejo ambiental cuyo objetivo es la optimización de los recursos materiales que se emplean para el desarrollo de sus actividades, con el fin de reducir costos financieros ambientales.
VII.- Autorregulación y auditorías ambientales
Las autoridades promoverán la incorporación de contenidos ecológicos, desarrollo sustentable, mitigación, adaptación y reducción de la vulnerabilidad ante el cambio climático en los diversos ciclos educativos.
La Autorregulación es un proceso voluntario que realizan los agentes económicos (productores, empresas y organizaciones empresariales) tendientes a mejorar su desempeño Ambiental, respetando la legislación y normatividad vigente que le aplique. Además, es inducido y concertado por la SEMARNAT. (Artículo 38 LGEEPA). La Empresa se establece un conjunto de actividades adoptando normas complementarias o más estrictas, para mejorar el Desempeño Ambiental y obtener mayores logros en materia de protección ambiental.
V.- Evaluación del impacto ambiental
Impacto ambiental.
Es la modificación del ambiente ocasionada por la
acción del ser humano o de la naturaleza
Manifestación de impacto Ambiental (MIA)
Analizan y describen las condiciones ambientales anteriores a la realización del Proyecto, con la finalidad de evaluar los impactos potenciales que la construcción y operación de dichas obras o la realización de las actividades podría causar al ambiente y definir y proponer las medidas necesarias para prevenir, mitigar o compensar esas alteraciones
EIA.
Objetivo. Prevenir, mitigar y restaurar los daños al ambiente.
Se orienta a impactos ambientales que eventualmente podrían ser provocados por obras o actividades que se encuentran en etapa de proyecto (impactos potenciales).
La EIA busca la sustentabilidad.
Instrumento de la política ambiental de carácter preventivo.
III.- Instrumentos económicos
Financieros
Utilizados para la preservación del equilibrio ecológico y protección al ambiente.
-Fianzas
-Fondos
-Fideicomisos
-Créditos
Fiscales
Incentivan el cumplimiento de los objetivos de la política ambiental.
Instrumentos de la política ambiental
Promover un cambio en a conducta de las personas.
Procurar su utilización conjunta con otros instrumentos de política ambiental.
Otorgar incentivos y sancionar.
De mercado
Corresponden a emisiones de contaminantes en el aire, agua o suelo.
-Conseciones
-Autorizaciones
-Licencias
-Permisos
VIII.- Investigación y educación ambiental
Artículos
Artículo 40
Propiciará la incorporación de contenidos ecológicos en los programas de las comisiones mixtas de seguridad e higiene.
Artículo 41
El gobierno federal, fomentará la investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación que promuevan el cuidado del medio ambiente.
Artículo 39
La secretaría del trabajo y previsión social, promoverá el desarrollo de la capacitación y adiestramiento en y para el trabajo.
IV.- Regulación ambiental de los
asentamientos humanos
Artículo 23.
Criterios para la planeación del Desarrollo urbano y la
vivienda
I.- Lineamientos y estrategias contenidas en lo programas de ordenamiento ecológico.
II.- Lograr diversidad y eficiencia de suelos evitando el desarrollo de esquemas segregados o unifuncionales, y las tendencias de suburbanización extensiva.
III.- Fomentar la mezcla de los usos habitacionales con los productivos que no representen riesgos o daños a la salud de la población y evitar que se afecten áreas con alto valor ambiental.
IV.- Privilegiar transporte colectivo y otros medios de alta eficiencia energética y ambiental.
V.- Dar prioridad a las áreas de conservación ecológica en torno a los asentamientos humanos.
VI.- Promover el uso de instrumentos económicos, fiscales y financieros de política urbana y ambiental, para inducir conductas compatibles con la protección y restauración del medio ambiente y con un desarrollo urbano sustentable.
VII.- Incorporar de manera equitativa los costos de tratamiento de agua para uso urbano, considerando la afectación a la calidad del recurso y la cantidad que se utilice.
VIII.- En zonas riesgosas establecer zonas intermedias de salvaguarda
IX.- Buscar la corrección de desequilibrios que deterioren calidad de vida y prever tendencias de recimiento del asentamiento humano
X.- Evitar los asentamientos humanos en zonas de riesgo por cambio climático
VI.- Normas oficiales mexicanas en materia
ambiental
Artículos
Artículo 36
Para garantizar la sustentabilidad de las actividades económicas, la secretaría emitirá normas oficiales mexicanas
Artículo 37
En la formulación de NOM en materia ambiental, se deberá considerar que su cumplimiento no implique el uso obligatorio de tecnologías específicas.
II.- Ordenamiento ecológico del territorio.
Artículos 20 y 20 Bis
Establecen las instancias y los órdenes de gobierno a quienes compete la formulación de las diferentes modalidades del Ordenamiento
Ecológico, así como los objetivos que deben cumplir.
Valeria Sharaí Muñoz González.
Matrícula 1995745.
Grupo 015.
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