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Semana 4 Derecho Romano: PERSONAS Y FAMILIA - Coggle Diagram
Semana 4 Derecho Romano: PERSONAS Y FAMILIA
PERSONAS FÍSICAS
Derecho actual: Se otorga la calidad de persona desde el nacimiento a un humano
Romanos consideraban con calidad de "persona" (sujetos de derecho) a los que tenían las siguientes atribuciones:
Nacer con vida y forma humana
Estados de libertad.
Estado de ciudadanía
CAPUT
El resto de personas eran por lo general extranjeros o esclavos (objetos de derecho)
Estado de Familia
ESTADO DE LIBERTAD
Dividía a los individuos entre libres y esclavos, era la condición del individuo libre y perduró durante todo el imperio romano.
Se lo obtenía al ser hijo de dos padres libres o por manumision.
Se carecía de este estado cuando se era hijo de dos esclavos, era atrapado como prisionero o como sentencia penal.
ESTADO DE CIUDADANÍA
Consistía en ser ciudadano de Roma.
Primero lo eran Patricios libres o plebeyos y después todos los habitantes de Italia, excepto extranjeros y esclavos.
La calidad de ciudadanos era otorgada a ciertos extranjeros.
Ventajas
:
Ampararse en el derecho civil
Acceso a puestos públicos y honores.
Desventajas de no ser:
No poder actuar en actividades mercantiles.
No poder casarse
No poder establecer negocios ni poseer terrenos.
No testar ni poder ser herederos ni testigos.
ESTADO DE FAMILIA
Era la familia, la posición que los integrantes tenían dentro de esta determinaba sus poderes jurídicos.
Sir Juris
: no estaban bajo la patria potestad de nadie.
Podían comerciar y tener bienes
El
pater
era el único con capacidad jurídica para tener propiedad. Los bienes de la filius familii pasaban a ser suyos
Alieni juris
: estaban bajo la patria potestad del
pater familias
y eran hijos, mujer, esclavos, clientes y libertos (
filius familias
) bajo su potestad
Solo podían tener obligaciones
Podían acceder, como los siu Juris, a cualquier magistratura y honor romano
Con el tiempo aparecieron los peculios que permitía gozar al filius familias de ciertos patrimonios
CAPITIS DEMINUTIO
Podían cambiar y modificar el "caput" (capacidad jurídica conformada por los tres estados)
CAPITIS DEMINUTIO MÁXIMA:
Pierde el estado de libertad y se pasaba a ser esclavo.
Se perdía el
caput
CAPITIS DEMINUTIO MEDIA O MAGNA:
El hombre perdía su estado de ciudadanía y andaba a ser un simple extranjero. También se perdía consecuentemente el estado de Familia.
Causas
Pena de destierro
Pasar a vivir en una colonia
CAPITIS DEMINUTIO MÍNIMA:
Traían consecuencias en el derecho privado y consistió en abandonar la familia para irse a otra o formar otra.
Causas:
Matrimonio
Emancipación
Adopción
Adrogación
Causas:
No acudir al servicio militar.
Evitar impuestos del censo.
Ser atrapado robando
Ser deudor sin bienes
Ingratitud del esclavo manumitido.
Otras
PERSONA JURÍDICA
Fue en el Imperio cuando aparece este concepto
Persona moral o ficticia integrada por varias personas individuales cuyo patrimonio, derecho y obligaciones son diferentes de cada uno de sus miembros: recaen sobre la institución
Personas jurídicas públicas y privadas
Realiza negocios jurídicos que no siempre integran a todos los involucrados
Unión de aportes económicos y humanos de varias personas para crear una nueva persona
CORPORACIONES
Cooperacion de individuos para un objetivo común
Lo que hoy conocemos como personas jurídicas del derecho privado
Se requeriría por lo menos 3 personas con un objetivo lícito y un estatuto donde se den a conocer todas su reglas.
FUNDACIONES
Persona jurídica cuya existencia estaba basada en un patrimonio destinado por un individuo para un fin común
El fin debía ser lícito, altruista y sin fines de lucro
Una vez fundada el patrimonio del fundador ya no le pertenecía, sino al nuevo ente fundado
Tuvieron su auge con el advenimiento del cristianismo
FAMILIA EN ROMA
¿Qué es?
ÓRGANO POLÍTICO
Era una organización jerárquica y patriarcal en donde el
Pater familias
(
Sir Juris
) tenía potestad sobre los que se encontraban bajo su dependencia (
Alieni Juris
) vivían en un
Domus
. Obviamente es una parte del cosmos familiar.
Servían con centro inicial de formación de jóvenes aristócratas. Pedagogos y filósofos pertenecían a ciertas familias. Una familia instruida en normas de urbanidad por lo general era una familia poderosa.
Características del
Pater Familias:
Poder de orden político y eclesiástico
Propietario de todo
Administraba justicia
Era sacerdote del hogar (culto a dioses domésticos)
Papel principal en la educación de sus hijos.
Culto al
lar familiaris
y al genio
El matrimonio era para la tercera parte de las familias.
CONFORMACIÓN DE LA FAMILIA ROMANA
Integrante principal:
pater familias
. El hombre de mayor edad.
¿Hasta donde iban?: Hasta la tercera generación. Parentesco hasta el sexto grado.
Rebasados los límites, los parientes más lejanos debían fundar una nueva familia.
Los demás miembros podían o no estar relacionados por la sangre
Personas que por naturaleza o por derecho están bajo la misma potestad inclusive los clientes y los esclavos.
A la muerte del pater la familia se divide en tantas nuevas familias como hombres haya en la siguiente generación.
POTESTADES DEL PATER FAMILIAS
Manus maritalis
sobre la esposa
Patria potestas
sobre los hijos
La
dominica
sobre los esclavos
La
mancipium
sobre personas libres que pertenecían a su familia
Dominium
sobre las cosas
Debía responder ante la sociedad por las potestades de las que hacía uso.
CLASES DE PARENTESCO EN ROMA
Parentesco cognaticio
: vínculos basados en la sangre
Vía materna
Línea recta y colateral
Parentesco agnaticio
: vínculos basados en la ley
Los agnados son personas solo de la línea masculina emparentados con el padre como si fueran consanguíneos.
Los de la línea femenina eran considerados
cognados
.
Así un hermano y una hermana son agnados (por el padre) y son agnados los hermanos y hermanas de su padre y de los hijos e hijas de sus tíos (hombres)
COMO INGRESAR A UNA FAMILIA ROMANA
Nacimiento: el hijo varón ingresaba a la familia de su padre y la mujer a la de su madre y ser procreado en
justas nupcias
Matrimonio: la mujer pasa a ser parte de la familia agnada del esposo cuando se casan por medio de
in manu
Adrogación. Cuando un siu Juris por voluntad propia se somete a la potestad de otro patre.
Adopción. Entra a la.familia un nuevo miembro bajo el título de
alieni juris
Legitimación: cuando un hijo era de una unión fuera de matrimonio se consideraba natural y se lo podía elevar a la categoría de legítimos por medio de:
boda con la concubina
ceder a la curia el hijo par prestar servicios
consecion del emperador a través de un rescripto.
Solo era para los hijos naturales
FILIACIÓN
La filiación con la madre no representaba problema alguno mientras que con el padre debían tomarse en cuenta ciertas particularidades
Para ser considerados hijos
iutsus
o legítimos debían ser concebido entre los 6 y 9 meses. Los que no nacieron dentro del matrimonio y dentro de este lapso se clasifican en:
espurios
o
vulgo concepti
eran los frutos de una relación amorosa que no duró
liberii naturales
fruto de un concubinato
Adulterinos
los frutos de una mujer casada y un hombre que no fuese su esposo
incestuoso