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CLASIFICACION DEL DERECHO - Coggle Diagram
CLASIFICACION DEL DERECHO
Bilateral:
Asignar roles y atributos a las facultades. Las normas jurídicas son bilaterales porque, al imponer obligaciones a los sujetos de derecho, confieren facultades a sujetos distintos de los que las precedieron. Solicitar el cumplimiento de tales obligaciones.
Heteronomía
Porque quien crea la norma es una persona distinta de quien se obliga a ella.
Exterioridad:
Las normas jurídicas son externas porque regulan La conducta externalizadora del sujeto normativo, es decir, el comportamiento que exhiben
Generalidad:
Porque se aplica siempre a un grupo de personas, no a una persona concreta o determinada.
Coercible, coactivo y de sanción: s
Su poder coercitivo indica que puede utilizar legítimamente el poder de la organización pública para hacer cumplir la ley. La coerción se refiere al hecho consumado del poder, su manifestación material. Las sanciones incluyen Las consecuencias jurídicas negativas que deben soportar los sujetos que viajan sin cumplir con las obligaciones establecidas por la ley
Estatuido o Consuetudinario
el primero de los cuales se muestra, por ejemplo, escritos y algo ceremoniales, también conocidos como derechos positivos. estos últimos responden a conceptos jurídicos derivados de la comunidad y plasmados en el uso antiguo el reconocimiento estatal es necesario para el bien de la sociedad.
Tiene dos corrientes filosóficas principales:
derecho natural y derecho positivo. Dos corrientes, el ius naturalismo y el iuspositivismo, se entienden en las tendencias jurídicas modernas como conexión mutua y no reacción a las contradicciones, como se consideró anteriormente. Es decir, la ley natural es una norma jurídica basada en la naturaleza humana, un concepto conocido incluso por personas que nunca han estudiado derecho
El derecho se entiende así como un sistema racional para la correcta dirección de las relaciones sociales, utilizando normas de conducta imperativas promulgadas por las autoridades competentes que las consideran justas soluciones a los problemas derivados de la realidad histórica.
CLASIFICACION
• Derecho objetivo: El conjunto de normas imperativo atributivas que rigen la conducta humana en la vida social
• Derecho subjetivo: El poder o facultad concedido a una persona por el derecho objetivo de hacer, poseer o exigir algo
• Derecho vigente: El conjunto de normas imperativo atributivas que la autoridad competente declara obligatorias en un país determinado y en una cierta época
• Derecho derogado e histórico: El derecho derogado es aquél que dejó de estar vigente, el derecho histórico es aquél que estuvo vigente hace mucho tiempo
• El derecho eficaz: Es aquél que está vigente y se cumple mientras que el derecho ineficaz es aquél que está vigente y no se cumple.
• Derecho sustantivo: Aquellas normas jurídicas que establecen los derechos y obligaciones de los sujetos vinculados por el ordenamiento jurídico.
• Derecho adjetivo: Las normas destinadas a garantizar el ejercicio de los derechos y el cumplimiento de las obligaciones consagradas por el derecho sustantivo.
• Derecho estatuido: Es el derecho impuesto por el poder público en forma escrita y en cierto modo solemne.
• Derecho consuetudinario: Es el derecho que brota de la comunidad manifestándose por un largo uso y que es reconocido por el Estado como necesario para el bien común.
• Derecho positivo: Se reconoce como una corriente filosófica según la cual el derecho escrito y estatuido debe ser el único por el nacen los ordenamientos jurídicos.
• Derecho natural: El conjunto de principios normativos esenciales al orden social que se fundan en la naturaleza humana, se conocen por la luz de la razón natural y se imponen a los hombres por la misma naturaleza.