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Disposiciones Generales - Coggle Diagram
Disposiciones Generales
El acreditamiento consiste en restar el impuesto acreditable de la cantidad que resulte de aplicar a los valores señalados en la ley de la taza que corresponde según sea el caso.
Los contribuyentes que transmitan documentos pendientes de cobro mediante una operación de factoraje financiero considerarán que reciben la contraprestación pactada así como el documento al valor agregado correspondiente.
Podrán optar por considerar que la contraprestación se dieron en lugar a la emisión de documentos: siempre que se cumpla en lo sig:
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Quién es transmitan los documentos pendientes de cobro serán los responsables de pagar el impuesto al valor agregado correspondiente al total del importe asignado en dichos documentos.
Los adquirentes de los documentos pendientes de cobro deberán entregar a los contribuyentes dentro de los primeros 10 días naturales de cada mes.
Cuándo hayan transcurrido seis meses a partir de la fecha de exigibilidad del pago de los documentos pendientes de cobro.
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Están obligados a efectuar la retención de impuestos; los contribuyentes que se ubiquen en los siguientes:
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Tratándose de gastos e inversiones en periodos operativos impuesto al valor agregado trasladado y el pago de la importación que corresponde a las actividades por las que se vaya a estar obligado al pago del impuesto de establece esta ley o las que se vayan aplicar la tasa del 0% se le da acreditable a la proporción y en los términos establecidos en esta ley:
Realizar el acreditamiento en la declaración correspondiente al primer mes en el que el contribuyente realizan las actividades mencionadas.
Solicitar la devolución del impuesto que corresponde en el mes siguiente a aquel en el que se realizan los gastos de inversiones.
Están obligadas al pago del impuesto Agregado establecido en la ley. Personas físicas y morales que realicen:
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Contribuyente que reciba la devolución de bienes enajenados, otorgue descuentos o bonificaciones o devuelva los anticipos o los depósitos recibidos con motivo de la realización de actividades grabadas por esta ley deducirá en las siguientes declaraciones del pago del mes.
La restitución del impuesto correspondiente deberá hacerse constar en un documento que contenga en forma expresa y por separado la contraprestación y el impuesto al valor agregado traslado que se hubiese restituido.
El contribuyente que devuelvan los bienes que le hubieran sido enajenados reciba descuentos o bonificaciones
El impuesto se calculará aplicando la tasa del 0% a los valores a que se refieren esta ley cuando se realice:
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• Ixtle, palma y lechuguilla
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• Fertilizantes, plaguicidas, herbicidas y fungicidas
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• Libros, periódicos y revistas
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