Please enable JavaScript.
Coggle requires JavaScript to display documents.
FUENTES POSITIVAS DEL DERECHO ADMINISTRATIVO - Coggle Diagram
FUENTES POSITIVAS DEL DERECHO ADMINISTRATIVO
El Código Civil en su artículo 1, nos da el concepto de Ley, diciendo que "La ley es
una declaración de la voluntad soberana que, manifestada en forma prescrita por la Constitucion, manda, prohibe o permite.
De acuerdo con esta definición general, las leyes
administrativas son: imperativas, prohibitivas y permisivas.
LEYES IMPERATIVAS
Son aquellas que el Estado impone al ciudadano
ecuatoriano de una manera obligatoria. Así el Derecho Administrativo.
Por ejemplo, a prestar caución a favor del Fisco, a los funcionarios y empleados
del sector público.
LEYES PROHIBITIVAS
Son aquellas que prohíben determinados actos, que
atentan contra el orden público, la moral y las buenas costumbres.
Por ejemplo, el
tráfico de influencias en el manejo de partidas EXTRA presupuestarias,
LEYES PERMISIVAS
Son aquellas, que no ordenan ni prohíben hacer algo, sino
que simplemente conceden facultades para que las personas ejecuten actos determinados.
Por ejemplo, el derecho de la libre asociación para
formar empresas.
CARACTERISTICAS DE LAS LEYES
Las características de las leyes administrativas son:
LA LEY ES GENERAL
Es decir, la ley es para todos los ciudadanos sin
excepción de persona alguna, de status o de clase social, corbata, cuello
blanco, raza, religión, milicia.
LA LEY ES PERMANENTE
Quiere decir, que la ley es estable en el tiempo, y
que solo deja de tener vigencia, cuando se la derogue expresa o tácitamente.
LA LEY ES IMPERSONAL
Es decir, que la ley no está dedicada a persona
alguna, sino al colectivo social.
LA LEY ES CONOCIDA POR TODOS
La norma general es que “la ignorancia de
la ley no excusa a persona alguna”, principio jurídico o ficción jurídica
imposible de cumplirla en nuestra pobre cultura política del Ecuador.
LOS DECRETOS
Son actos esencialmente administrativos, como, por ejemplo,
los Decretos que dicta un Presidente para ejercer funciones constitucionales o
legales.
Legal y doctrinariamente en nuestro ordenamiento jurídico existen dos clases de
Decretos:
Decretos leyes.
Constituyen la actividad legislativa de los gobiernos de
facto o dictadura.
Decretos con fuerza de ley.
Son los actos administrativos dictados por el
Ejecutivo relacionados con distintas disciplinas del Derecho.
ACTOS ADMINISTRATIVOS
Provienen del Estatuto del Régimen Jurídico
Administrativo de la Función Ejecutiva del No 1634 de 31 de marzo de 1.994
se clasifican en:
Actos administrativos normativos.
Son toda declaración unilateral,
efectuada en el ejercicio de la función administrativa, que produce efectos jurídicos individuales en forma directa. Ejemplo un despido laboral, Una
indemnización mal pagada.
Actos administrativos de simple administración.
Son actos jurídicos de
las Administraciones públicas que no crean, modifican o extinguen derechos
subjetivos.
Hechos administrativos.
Es toda actividad material, traducida en
operaciones técnicas o actuaciones físicas, ejecutadas en ejercicio de la
función administrativa, productora de efectos jurídicos directos o indirectos ya sea que medie o no una decisión o actos administrativos propios.ya sea que medie o no una decisión o actos administrativos propios.
LOS REGLAMENTOS
Contienen un conjunto de disposiciones destinadas a
regular y ejecutar el cumplimiento de la ley.
Clases de reglamentos:
Reglamentos de ejecución.
Son actos administrativos que contienen un
conjunto de disposiciones encaminadas a proveer el cumplimiento de una ley
formal.
Los reglamentos autónomos.
Son los que la Administración puede dictar
en ejercicio de poderes propios que la Constitución les atribuye con
prescindencia de si existe o no una ley, muy usuales en instituciones dictados bajo la supuesta autonomía administrativa, financiera y reglamentaria propia.
Reglamentos orgánico-funcionales.
Actos administrativos dictados por el
ejecutivo y por delegación por las instituciones públicas.
LOS ESTATUTOS
Son instrumentos jurídicos con fuerza de ley, que basados en
normas legales y reglamentarias rigen las actividades propias y específicas de
entidades.
LAS ORDENANZAS
Son leyes seccionales con fuerza de ley, que rigen a los
Municipios y Consejos Provinciales.
LOS ACUERDOS
Son actos administrativos del Presidente de la República y por
Delegación dictados por los Ministros de Estado “o red de corrupción”, que tienencarácter general para diferenciarse de ciertas resoluciones con carácter específico.
LAS RESOLUCIONES
Son procedimientos que adoptan los funcionarios en uso
de sus potestades jerárquicas sobre problemas administrativos, técnicos y burocráticos de carácter interno, sin apartarse del marco reglamentario con
fuerza de ley.
LAS INSTRUCCIONES Y CIRCULARES
Son reglas técnicas que prescriben el
cumplimiento de disposiciones ya establecidas, dirigidas a funcionarios o empleados de la administración para una correcta ejecución de normas de
mayor categoría jurídica.
LOS MANUALES ADMINISTRATIVOS
los Manuales son instrucciones que tienden
a aclarar normas jurídicas de carácter general, con un lenguaje sencillo, a fin de que los funcionarios entiendan y apliquen un proceso administrativo.