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FUENTES POSITIVAS DEL DERECHO ADMINISTRATIVO - Coggle Diagram
FUENTES POSITIVAS DEL DERECHO ADMINISTRATIVO
El Código Civil en su artículo 1, nos da el concepto de Ley, diciendo que "La ley es
una declaración de la voluntad soberana que, manifestada en la forma prescrita por
la Constitución, manda, prohíbe o permite.
Son leyes las normas generalmente
obligatorias de interés común”. De acuerdo con esta definición general, las leyes
administrativas son: imperativas, prohibitivas y permisivas.
Leyes prohibitivas. - Son aquellas que prohíben determinados actos, que atentan contra el orden público, la moral y las buenas costumbres.
Leyes permisivas. - Son aquellas, que no ordenan ni prohíben hacer algo, sino que simplemente conceden facultades para que las personas ejecuten
determinados actos.
Leyes imperativas. - Son aquellas que el Estado impone al ciudadano ecuatoriano de una manera obligatoria.
Las fuentes positivas del Derecho Administrativo constituyen el ordenamiento jurídico vigente, establecido por los poderes del Estado, y de acuerdo a su jerarquía son : LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO
Características de las leyes. - Las características de las leyes administrativas son:
La ley es permanente. - Quiere decir, que la ley es estable en el tiempo, y
que solo deja de tener vigencia, cuando se la derogue expresa o tácitamente.
La ley es impersonal. - Es decir, que la ley no está dedicada a persona
alguna, sino al colectivo social.
La ley es general. - Es decir, la ley es para todos los ciudadanos sin
excepción de persona alguna, de status o de clase social, corbata, cuello
blanco, raza, religión, milicia.
La ley es conocida por todos. - La norma general es que “la ignorancia de
la ley no excusa a persona alguna”, principio jurídico o ficción jurídica
imposible de cumplirla en nuestra pobre cultura política del Ecuador.
Legal y doctrinariamente en nuestro ordenamiento jurídico existen dos clases de
Decretos:
Decretos leyes. - Constituyen la actividad legislativa de los gobiernos de
facto o dictadura,tienen el mismo valor que una ley en gobiernos
democráticos entre comillas como el nuestro,
Decretos con fuerza de ley. - Son los actos administrativos dictados por el
Ejecutivo relacionados con distintas disciplinas del Derecho.
Actos administrativos. - Provienen del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva del No 1634 de 31 de marzo de 1.994 y
se clasifican en:
Actos administrativos normativos.
Actos administrativos de simple administración.
Hechos adiministrativos.
Clases de reglamentos
Reglamentos orgánico-funcionales. - Actos administrativos dictados por el ejecutivo y por delegación por las instituciones públicas que determinan la
estructura orgánica.
Los reglamentos autónomos. - Son los que la Administración puede dictar en ejercicio de poderes propios que la Constitución Constitución les atribuye con prescindencia de si existe o no una ley, muy usuales en instituciones dictados bajo la supuesta autonomía administrativa, financiera y reglamentaria propia.
Reglamentos de ejecución. - Son actos administrativos que contienen un conjunto de disposiciones encaminadas a proveer el cumplimiento de una ley formal
Los estatutos. - Son instrumentos jurídicos con fuerza de ley, que basados en normas legales y reglamentarias rigen las actividades propias y específicas de entidades.
Las ordenanzas. - Son leyes seccionales con fuerza de ley, que rigen a los Municipios y Consejos Provinciales.
Las resoluciones. - Son procedimientos que adoptan los funcionarios en uso de sus potestades jerárquicas sobre problemas administrativos, técnicos y burocráticos de carácter interno, sin apartarse del marco reglamentario con
fuerza de ley.
Los acuerdos. - Son actos administrativos del Presidente de la República y por Delegación dictados por los Ministros de Estado Estado “o red de corrupción”.
Las instrucciones y circulares. - Son reglas técnicas que prescriben el cumplimiento de disposiciones ya establecidas, dirigidas a funcionarios o empleados de la administración para una correcta ejecución de normas de
mayor categoría jurídica.
Los manuales administrativos. - Son documentos ordenados y sistemáticos, que contienen instrucciones sobre la organización y funcionamiento, procedimientos a seguirse, dentro de las instituciones administrativas, para mejorar la eficacia y ejecución de trabajos asignados al personal de servicios, primordialmente.