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RESPONSABILIDAD POR LA FUNCION PUBLICA
Es el empleo u oficio remunerado…
RESPONSABILIDAD POR LA FUNCION PUBLICA
Es el empleo u oficio remunerado necesario para el desarrollo de la función en la estructura formal de la Administración Publica
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RESPONSABILIDAD PENAL
Denuncia o querella
La autoridad competente denunciara de inmediato los hechos sobre la base de informe legal ante el ministerio publico o si fuera el caso presentará la querella respectiva. Si procede constituye en parte civil hasta la conclusión
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ANTECEDENTES: La Ley 1178 de Administración y Control Gubernamental, se promulgo en julio de 1990, esta Ley regula los Sistemas de Administración y Control de los Recursos del Estado y su relacion con los Sistemas Nacional de Planificación e inversión publica
TIPOS DE RESPONSABILIDAD
RESPONSABILIDAD EJECUTIVA
La responsabilidad ejecutiva emerge de una gestión deficiente o negligente así como del incumplimiento de los mandatos expresamente señalados en la Ley.
RESPONSABILIDAD PENAL
La responsabilidad es penal cuando la acción u omisión del servidor público o de los particulares se encuentra tipificada como delito en el Código Penal.
RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA
La responsabilidad administrativa emerge de la contravención del ordenamiento jurídico administrativo y de las normas que regulan la conducta del servidor público.
RESPONSABILIDAD CIVIL
La responsabilidad civil emerge del daño al Estado valuable en dinero. Será determinada por juez competente.