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Las Ejecuciones Extrajudiciales en Barrios Altos
Planificación y revelación de responsables
Transcurso de la masacre
Salieron en dos caminetas
Responsable del operativo: Santiago Enrique Martin Rivas
Ocurrió el 3 de noviembre de 1991
Se iba realizar una pollada en en el Jirón Huanta
No.840.
Eran 20 personas presentes
Versiones de la masacre
Colaborador
Se infiltró en Sendero Luminoso
Su labor de 1988-1990 fue penetrar el partido
Tuvo participación directa en la masacre
Sus declaraciones coinciden con la versión juridica
Versión judicial
Menciona que antes de la masacre, personal de Sendero de presentaba como parte de la reunión
Resalta que no hubo un agente infiltrado con el cual pudieran hacer contacto
Adquirió un testimonio de una victima acerca de la masacre.
Acciones del Poder Judicial
En el 2002 se constató una posible colaboración de agentes del EP en la fuga del “Destacamento Colina”
Se afirmó que la DIRIN y PNP que estaban cercad de Jirón Huanta no actuaron tras el atentado.
No se auxiliaron a los 15 muertos y 4 heridos
Indicios de participación de agentes del Estado
Primeras acciones
En 1991, “La Masacre de Barrios Altos” conmocionó al país
Al ser el primer homicidio en Lima, la Comisión de Derechos Humanos citó al Ministerio del Interior y Defensa.
Se recopiló información que dio como resultado tres hipótesis, todas negadas
Notas de la inteligencia militar a los ministros
Primera nota
El comando se auto denominaba “Sheraton”
Revela el inmueble escenario del asesinato
Segunda nota
Describe un reglaje sobre el inmueble de la calle Huanta
La nota fue hecha por un agente de inteligencia llamado “Alker”.
Conclusiones
Las notas pudieron evidenciar la existencia de un plan de
operaciones denominado “Ambulante
El congreso comenzó a tomar acciones del caso, mediante investigaciones
Acciones por parte los Ministerios
Ministerio del Interior
Presentaron sus declaraciones ante la Comisión del Senado
Presentaron distintas evidencias que daba a entender que los involucrados de esta masacre estaban dentro de la PNP y EP
Ministerio de Defensa
Presentaron sus declaraciones ante la Comisión del Senado
Las personas presentadas por el ministerio para que declaren ante la Comisión se negaron a hacerlo alegando distintas razones.
Ante las declaraciones de los Ministerios, la Comisión creó la "Comisión Investigadora del asesinato masivo ocurrido en Barrios Altos" para indagar más respecto al hecho
Comisión de investigación en el asesinato en Barrios Altos
La Comisión no pudo concluir su investigación por "Gobierno
de Emergencia y Reconstrucción Nacional"
Gracias al golpe de Fujimori, los militares aprovecharon para desaparecer documentos de la masacre en Barrios Altos
Ante la negativa de seguir investigando, parecía que la justicia había olvidado completamente este acontecimiento.
La desaparición y ejecución de los estudiantes de “La Cantuta”
Hechos
Nueve estudiantes y un catedrático desaparecieron
El caso fue desapercibido hasta 1993
Ocurrió el 18 de julio de 1992
Acciones de Henry Pease
En 1993 el congresista denuncio a los desaparecidos
Relacionó a los responsables de este asesinato con los de la masacre en Barrios Altos
Las revelaciones de Henry fueron respaldas por una carta del General EP Rodolfo Robles
Acciones fiscales
El Ministerio Público no abrió una investigación más a fondo para continuar con el proceso
Tras la sentencia a los responsables el Fulero Militar tampoco continuó con sus acusaciones
La investigación realizada obligó a Fujimori a condenar a los responsables
La actuación del Fuero Militar y la absolución de responsables
Actuación del Fuero
La justicia militar inició un proceso contra los Generales de División
Las investigaciones eran por los delitos de homicidio, abuso de autoridad, negligencia y contra la administración de justicia en agravio de Juan León Borja
A través del la Sala de Guerra del Consejo Supremo de Justicia, se avocó irregularmente al caso “Barrios Altos”
El fuero militar sólo ordeno la comparencia de los investigados.
el 21 de Octubre de 1994, la Sala de Guerra del Consejo Supremo de Justicia Militar archivó la causa
Denuncias de los periodistas
A partir de 1995 las denuncias periodísticas sobre la “La masacre de Barrios Altos” y el "Destacamento Colina" aumentaron
Ex agentes de inteligencia comentaron que el crimen lo cometió el grupo Colina
Estas denuncias provocaron una reacción inmediata por parte del Fulero militar
Reacción del Fulero
En enero de 1995 el Fulero de forma reservada se se avocó a la investigación del caso
En esta oportunidad, abrió instrucción denunciando a Julio Rolando Salazar Monroe, Santiago Martín Rivas y Carlos Eliseo Pichilingue Guevara
Todos estos y más agentes fueron denunciados por los delitos de abuso, asesinato negligencia, etc
Absolución de los presuntos responsables
Montesinos quería "justicia" para las víctimas en Barrios Altos
Pedro Villanueva Valdivia, y Nicolás de Bari Hermoza Ríos, comprendieron la investigación de Juan Nolberto Rivera Lazo y Montesinos acerca de los homicidios
Actuaciones
Poder Judicial
En abril de 1995 la Fiscalía Provincial Penal de Lima atendió las denuncias de la prensa
Denunció formalmente al General de División EP Julio Salazar Monroe, Jefe del Servicio de Inteligencia Nacional-, al Mayor EP Santiago Martín Rivas, entre otros.
Fueron denunciados por el asesinato y lesiones en agravio de los 15 fallecidos y los 4 heridos en Barrios Altos
El 18 de abril de 1995 fue admitida esta denuncia por Juzgado Penal de Lima
También aceptó las declaraciones de la PNP
La jueza aceptó los testimonios de los sobrevivientes a la masacre
La jueza obtuvo placas de los automóviles utilizados pertenecientes al Ministerio del Interior
Se dictaminó que fue "justicia militar" el 28 de abril
Congreso Constituyente Democrático
El caso de Barrios Altos fue tomado por Corte Suprema de Justicia en junio de 1995
Se aprobó una ley denominada Ley de Autoamnistía que le daba más libertad a policías y militares
Esta ley protegió a todos los afectados durante la lucha del ejército contra sendero
Está ley prohibió la investigación en el caso de Barrios Altos
Sistema Interamericano de Protección de Derechos Humano
La Coordinadora Nacional de Derechos Humanos presentó una denuncia argumentando que la ley de auto-amnistía violaba los derechos humanos
La Corte Interamericana de Derechos Humanos, se pronunció expresamente sobre la incompatibilidad de las leyes en el 2001
El 3 de septiembre del 2001, la Corte señaló en su sentencia de interpretación de la sentencia, imponiendo una multa al Estado Peruano
Conclusiones y recomendaciones
Incumplió su obligación de respetar derechos y deberes de adoptar disposiciones de derecho interno de la Convención American
Se adhiere al reconocimiento al Gobierno del Perú, porque su allanamiento en sede internacional en el año 2001, constituyó una contribución positiva al desarrollo del proceso “Barrios Altos”
Contravino artículos sobre garantías judiciales y acerca de protección judicial de la Convención Americana como consecuencia de la promulgación y aplicación de las leyes de amnistí
Exhorta al Poder Judicial a continuar investigando los hechos presentados para determinar las personas responsable y sancionarlas
Afectó seriamente la Integridad Personal de Natividad Condorcahuana Chicañ
Recomienda al Poder Judicial que al amparo del artículo 21 inciso 3º del Código de Procedimientos Penales