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NOM-046-SSA2-2005
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GENERALIDADES
Todas instituciones, dependencias y organizaciones del sistema nacional de Salud que presten servicios de salud
deberán otorgar atención medica a las personas involucradas en situación de violencia familiar o sexual
al usuario, agresor y quien resulte afectado en este tipo de situación.
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Las instituciones del sector público, social y privado que otorguen atención médica
deberán proveer los mecanismos internos necesarios y contar con un manual de procedimientos apropiado
a efecto de aplicar de manera adecuada la ruta crítica de la o el usuario involucrado en violencia familiar o sexual
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Objetivo
establecer los criterios a observar en la detección, prevención, atención medica y la orientación que se proporciona a los usuarios de los servicios de salud en general
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PARA LA SENSIBILIZACIÓN, CAPACITACIÓN Y ACTUALIZACIÓN
Las y los prestadores de servicios de salud que otorguen atención médica a las o los usuarios involucrados en situación de violencia familiar o sexual
deberán recibir periódicamente sensibilización, capacitación y actualización en la materia previamente mencionada.
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