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AUTONOMÍA DEL DERECHO FINANCIERO - Coggle Diagram
AUTONOMÍA DEL DERECHO FINANCIERO
RESPALDADA POR EL ART. 31.1, EL DERECHO FINANCIERO ES UN DERECHO REDISTRIBUTIVO
CONTENDIO
INCLUYE TANTO EL DERECHO FINANCIERO COMO EL DERECHO PRESUPUESTARIO
NOTA ESENCIAL
EL DERECHO FINANCIERO ES UN DERECHO REDISTRIBUTIVO QUE RESPONDE A LOS PRINCIPIOS DE JUSTICIA FINANCIERA TANTO EN LOS INGRESOS COMO EN EL GASTO
PROBLEMA: ES LA OPERATIVIDAD DEL PRINCIPIO DE JUSTICIA EN LE GASTO PÚBLICO.
A. CARACTER POLÍTICO DE LA DECISIÓN PRESUPUESTARIA Y SUJECCIÓN A LIMITES JURÍDICOS
EL GASTO PÚBLICO SE CUBRE NORMALMENTE MEDIANTE INGRESOS TRIBUTARIOS LOS CUALES LOS CIUDADANOS TIENEN EL DEBER DE CONTRIBUIR EN FUNCIÓN DE SU CAPACIDAD CONTRIBUTIVA
EL GASTO TIENE CONSIDERACIÓN PÚBLICO ESTÁ PROHIBIDO FIJAR GASTOS QUE NO RESPONDAN A UNA FINALIDAD PÚBLICA
LIMITES JURÍDICO CONSTITUCIONALES
PROBLEMA: ES DIFICIL DEMOSTRAR QUE UN DESTINO DE GASTO PUEDE VIOLAR LOS PRINCIPIOS Y NORMAS CONSTITUCIONALES
SE DEBEN ESATBLECER MECANISMOS QUE ASEGUREN QUE EL ESTADO PERSIGA FINES PÚBLICOS
B. DIFICIL CONCILIACIÓN ENTRE LE HGASTO PÚBLICO Y EL PRINCIPIO DE STABILIDAD PRESUPUESTARIA
LA UNIÓN ECONOMICA Y MONETARIA Y SUS EXIGENCIAS DE EQUILIBRIO PRESUPUESTARIO DA LUGAR
REGLAMENTOS 1466 Y 1467 DE 1997, CON APLICACIÓN DIRECTA
LEY GENERAL DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA Y LA LEY COMPLEMENTARIA
INTRODUCEN PRINCIPIOS DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA Y DE EFICIENCIA EN LA ASIGNACIÓN DE RECURSOS
ASIGNACIÓN EFICIENTE DEL GASTO PÚBLICO
LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS INTERPUSIERON UN RECURSO DE CONSTITUCIONALIDAD
EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL DICTO QUE LA NORMA ERA CONSTITUCIONAL Y QUE EL ESTADO ERA COMPETENTE DICTAR NORMAS DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA
EN 2011 SE PRODUCE REFORMA DEL ART. 135 DE LA CONSTITUCIÓN. IMPLICA ELEVAR A RANGO CONSTITUCIONAL EL PRINCIPIO DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA
LIMITA EL DÉFICIT PÚBLICO ESTRUCTURAL Y LA DEUDA PÚBLICA
LEY 2/2012 DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA Y DE SOSTENIBILIDAD FINACIERA
GARANTIZAR LA SOSTENIBILIDAD FINANCIERA EN TODAS LAS AP
INCRMENTAR CONFIANZA EN LA ESTABILIDAD DE LA ECONOMÍA EPAÑOLA
REFORZAR EL COMPROMISO DE ESPAÑA CON LA UE EN MATERIA PRESUPUESTARIA
NATURALEZA
ES UN DERECHO PÚBLICO. QUE DEBE DE MANTENER EL EQUILIBRIO ENTRE LOS PRIVILEGIOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y LOS DERECHOSY GARANTIAS DE LOS CIUDADANOS
EL TRIBUTO ES UN INSTRUMENTO CONDICIONADO POR LO ESTABLECIDO EN EL OJ
EL DERECHO PÚBLICO SIGUE UNA SERIE DE PROCEDIMIENTOS QUE NO SE DAN EN EL DERECHO PRIVADO
ESTO SE DEBE A LAS POTESTADES EXORBITANTES QUE TIENE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, ESTO NO LA EXIME DE LO ESTABLECIDO EN LA NORMA
EL TRIBUTO
CONCEPTO NUCLEAR DE LA RAMA DE LOS INGRESOS PÚBLICOS