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"Audiencia Inicial (formulación de imputación) del Proceso Penal"…
"Audiencia Inicial (formulación de imputación) del Proceso Penal"
Flagrancia y caso urgente
Habrá caso urgente cuando concurran las siguientes circunstancias:
1) que se trate de un delito grave; 2) que exista el riesgo fundado de que el indiciado se
sustraiga de acción de la justicia; y, 3) el Ministerio Público no pueda ocurrir ante la
autoridad judicial por razón de la hora, lugar u otras circunstancias.
En la investigación inicial inicia con la denuncia o querella o por cualquier otro medio que se haga del conocimiento de un hecho posiblemente constitutivo de delito o apariencia de delito y concluye cuando el imputado queda a disposición del juez de control para que se le formule imputación
Formas de conducción del imputado a proceso: citatorio, órdenes de comparecencia y aprehensión.
FORMAS DE TERMINACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN
CRITERIOS DE OPORTUNIDAD. ARTICULO 256 CNPP.
ARCHIVO TEMPORAL. ARTICULO 254 CNPP.
NOTIFICACIONES Y CONTROL JUDICIAL. ARTICULO 258 CNPP.
EFECTOS DEL CRITERIO DE OPORTUNIDAD. ARTICULO 257 CNPP.
NO EJERCICIO DE LA ACCIÓN PENAL. ARTICULO 255 CNPP.
SOBRESEIMIENTO. ARTICULO 327 CNPP.
La audiencia inicial se conforma, en
general y de forma interrelacionada y progresiva, de los siguientes momentos procesales:
a) El control de detención por flagrancia o caso urgente.
b) La formulación de imputación.
c) La declaración o reserva del imputado.
d) La solicitud del Ministerio Público para el dictado del auto de vinculacion.
e) El debate para la imposición de medidas cautelares.
f) El debate para establecer el plazo de cierre de la investigación complementaria.
g) momento para la solicitud en su respectivo caso de los audios y grtabaciones de la audiencia.