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SINDICATOS, DERECHO DEL TRABAJO II, MTRO. VICTOR MONTERO, DANNA ARGEL…
SINDICATOS
Artículo 356.- Sindicato es la asociación de trabajadores o patrones, constituida para el estudio, mejoramiento y defensa de sus respectivos intereses.
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CLAUSULAS
las cláusulas de exclusión sindical son aquellas contenidas en el contrato colectivo de trabajo o el contrato-ley que obligan a un empresario a admitir como trabajadores sólo a aquellos que estén sindicalizados (cláusula de exclusión por ingreso) y a despedir, a petición del sindicato, a un trabajador cuando éste se separe o sea expulsado de la asociación gremial (cláusula de exclusión por separación o expulsión).
TERMINOLOGIA
La terminología derecho colectivo del trabajo ha sido creada en contraposición con
el término derecho individual del trabajo. Esta dualidad es una particularidad del
derecho del trabajo en general, que se original de la diferencia que hay entre el tipo de relaciones obrero – patronales ue se dan entre trabajadores sindicalizados y un patrón o patrones derivadas de relaciones colectivas de trabajo, o entre un trabajador y un patrón derivadas de relaciones individuales de
trabajo.
PREFERENCIA SINDICAL
La libertad sindical implica el derecho del trabajador o de los trabajadores para formar sindicatos (libertad positiva) y el derecho del trabajador o de los trabajadores para dejar de pertenecer a un sindicato o simplemente no formar parte del mismo (libertad sindical negativa).
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