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Sistema presidencial mexicano - Coggle Diagram
Sistema presidencial mexicano
Características
Requisitos (CPEUM, art. 82)
Mexicano por nacimiento, de padre o madre mexicano y vivido 20 años en México
35 años | Residido en México el año previo a la elección
No ser ministro de culto | No ser Secretario, subsecretario, Fiscal, Gobernador o miembro de las Fuerzas Armadas salvo que se separe 6 meses antes
Dura 6 años sin posibilidad de reelección (CPEUM, art. 83)
Solo es renunciable por causa grave que califica el Legislativo (CPEUM, art. 86)
Poder Ejecutivo en 1 persona: Presidente de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM, art. 80)
--> Es jefe de Estado y jefe de gobierno
Elección directa con posibilidad de revocación (CPEUM, art. 81)
Evolución política
Constitución
Veto presidencial
Inspirada en la de EEUU (1787) y la de Cadiz (1812)
Constitución
Presidencia fuerte y Legislativo acotado que no "estorbara" (Carranza
dixit
)
Inspirado en E. Rabasa,
La Constitución y la dictadura
: exceso del Legislativo llevó al presidente Díaz a gobernar al margen de la ley.
Andrés Molina Enríquez (1909) justifica la existencia de una dictadura; facultades discrecionales complementarias son indispensables.
En contra del fortalecer al Presidente: diputados Pastrana y Manjarrez
AMPLIAS
facultades al Presidente
Cárdenas exilia a Calles
Paso de presidencialismo caudillista a institucionalizado
Regla de oro
:
todo
el poder para el Presidente
solo por 6 años
Elecciones
Apertura democrática por competencia electoral
Elecciones
Pluralidad política genera contrapesos
Estructura y organización
Administración Pública Federal centralizada y paraestatal (CPEUM, art. 90)
SECRETARÍAS DE ESTADO
que dan cuenta al Poder Legislativo (CPEUM, art.93)
Consejería Jurídica
Reglamentos, decretos, acuerdos y órdenes del Presidente firmados por el Secretario correspondiente (CPEUM, art. 92)
Facultades
Constitucionales
(CPEUM, art. 89)
De seguridad nacional disponiendo de la Guardia Nacional; declarar la guerra (fracción VI, VII y VIII)
De política internacional: dirigir la política exterior, celebrar tratados internacionales (fracción X)
Para nombrar con aprobación del Senado al cuerpo diplomático (fracción III y XVI), oficiales de las Fuerzas Armadas (fracción IV y V) y ministros de la Corte (fracción XVIII) y objetar en el caso del INAI (fracción XIX).
Con otros poderes: convocar al Congreso a sesionar (fracción XI) y apoyar al Judicial (fracción XII)
De integración gabinete (fracción II) e intervenir en designación del Fiscal General (fracción IX)
De gobierno: optar por gob. de coalición (fracción XVII); conceder
Reglamentarias (fracción I)
De economía y comercio: habilitar puertos (fracción XIII)
De excepción: otorgar indultos (fracción XIV) y privilegios exclusivos a inventores (fracción XV)
Metaconstitucionales
(predominaron en el siglo XX y se han perdido)
Líder del partido hegemónico
Legislativo débil
Ministros de la SCJN afines
Control de medios de comunicación
Aceptación del papel predominante del Presidente
Gobierno de la capital
Influencia en economía