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BASES FUNDAMENTALES DEL DERECHO REGISTRAL Gunther…
BASES FUNDAMENTALES DEL DERECHO REGISTRAL
Gunther Hernán Gonzales Barrón
Definición y fundamento del Derecho Registral
Conjunto de principios y normas que regulan la tutela de situaciones subjetivas mediante el recurso de publicidad.
Trasciende para otorgar publicidad de actos o negocios relevantes para la vida y tráfico económico de una sociedad.
Elementos configurados del Registro
Archivo Público:
Acceso a los interesados en la información.
Archivo que otorga efectos jurídicos del derecho privado:
El sujeto que inscribe su derecho se pone en ventaja.
Archivo de actos y contratos:
Sujeto o bien utilizado como organizador para agrupar inscripciones.
FUNCIÓN DEL REGISTRO
Prueba y conservación de los derechos
La prueba de la propiedad es vinculada con el título que el propietario exhibe ante terceros.
El registro facilita el conocimiento del Estado jurídico de los derechos.
Protección de los Derechos
Tiene como función primaria, la configuración de un título formal que acredite
príma facie
derechos subjetivos.
Y como función complementaria la conservación y protección de los mismos derechos mediante la apariencia.
PUBLICIDAD REGISTRAL
Definición y requisitos
Sistema de divulgación para hacer cognoscible sistemas jurídicos para la tutela de derechos y seguridad del tráfico.
Ficción absoluta de conocimiento de las inscripciones ¿Para qué sirve el artículo 2012° del C.C.?
El artículo 2012° concluye que la consulta en el registro no requiere aprobación, basta con la presunción-ficción de conocimiento general.
Este artículo requiere complementarse con los principios subjetivos de la tutela registral, como el 2014° o 1135°.
El ser y la razón de ser del Registro
RAZÓN DE SER DEL REGISTRO:
Sirve de prueba y conservación de los derechos humanos y protege a terceros.
SER DEL REGISTRO:
La publicidad tipifica el registro, su ser o esencia individualizada.