Art. 72.- Competencias: Son deberes y atribuciones del organismo rector en materia de política
comercial, las siguientes:
a) Formular y aprobar las políticas y estrategias, generales y sectoriales, en materia de comercio exterior, fomento y promoción de las exportaciones.
b) Emitir dictamen previo para el inicio de negociaciones de acuerdos y tratados internacionales en materia de comercio e integración económica.
c) Crear, modificar o suprimir las tarifas arancelarias.
d) Revisar las tasas no arancelarias, distintas a las aduaneras.
e) Regular, facilitar o restringir la exportación, importación, circulación y tránsito de mercancías no nacionales ni nacionalizadas.
f) Expedir las normas sobre registros, autorizaciones, documentos de control previo, licencias y procedimientos de importación y exportación, distintos a los aduaneros.
g) Aprobar y publicar la nomenclatura para la clasificación y descripción de las mercancías de importación y exportación.
h) Establecer los parámetros de negociación comercial internacional en materia de origen.
i) Adoptar las medidas que sean necesarias para la simplificación y eficiencia administrativa en materia de comercio exterior, distinta de los procesos aduaneros
j) Adoptar las normas y medidas necesarias para contrarrestar las prácticas comerciales internacionales desleales, que afecten la producción nacional.
k) Conocer los informes de la Autoridad Investigadora y adoptar medidas de defensa comercial acorde con la normativa nacional e internacional vigente.
l) Aprobar contingentes de importación o medidas restrictivas a las operaciones de comercio exterior
m) Resolver los conflictos de competencia que pudieran presentarse entre los distintos organismos del sector público en materia de comercio exterior.
n) Promover programas de asistencia financiera de la banca pública para los productores nacionales con créditos flexibles que faciliten la implementación de técnicas ambientales adecuadas.
o) Promover la creación de un sistema de certificaciones ambientales de productos agrícolas e industriales.
p) Aprobar la normativa que, en materia de política comercial, se requiera para fomentar el comercio de productos con estándares de responsabilidad ambiental.
q) Diferir, de manera temporal, la aplicación de las tarifas arancelarias generales, o por sectores específicos de la economía.
r) Aplicar las tarifas arancelarias externas comunes, de conformidad con los tratados de integración económica.
s) Promover exportaciones e importaciones ambientalmente responsables.
t) Las demás que se establezcan en este Código.