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COSTUMBRE INTERNACIONAL - Coggle Diagram
COSTUMBRE INTERNACIONAL
Es la reiteración de actos unilaterales de los Estados (suma de voluntades) que conduce a la creación de una norma Dcho internacional consuetudinaria
Se crea de la praxis general/ aceptada como dcho (obligatoria, vinculante) por un núm. importante de Estados, siempre que no sea contraria a una norma imperativa jus cogens. Menor seguridad jurídica que los tratados
TIPOS
REGIONAL
Se extiende a un ámbito geográfico determinado más restringido, rige las relaciones entre un núm. superior 2 Estados. El Estado que alega la costumbre debe probar que existe.
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ELEMENTOS NECESARIOS
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SUBJETIVO o ESPIRITUAL
La convicción (opinio juris sive necessitatis) de los sujetos implicados de que la práctica es una obligación jurídica (genera dchos y obligaciones para ellos) y no un Uso internacional
OPONIBILIDAD
OBJETOR PERSISTENTE
Si un Estado no quiere verse obligado por el contenido de una costumbre debe manifestar su negativa de forma expresa, inequívoca y reiterada en el tiempo
En caso contrario, se presume que el silencio equivale al consentimiento de la norma consuetudinaria
En caso de duda, recae sobre el Estado la carga de la prueba