Los actos procesales: acontecimientos directos que tienen una incidencia directa o indirecta en su nacimiento, desarrollo y conclusión

Requisitos

Subjetivos: aptitud necesaria de quienes realizan los actos procesales

Objetivos: acto procesal debe ser libre y voluntariamente. Debe ser posible física y materialmente y perseguir el fin previsto por las normas para esa clase de actos

Formales

Lugar: las actuaciones judiciales se practicarán en la sede de la Oficina judicial del órgano jurisdiccional, si fuera necesario los tribunales podrán constituirse en cualquier lugar del territorio de su circunscripción

Tiempo: el periodo ordinario de la actividad de los tribunales es el año judicial (desde el 1 de septiembre, hasta el 31 de julio)

Formal

Oralidad- escritura: los actos procesales se podrán realizar de forma oral (lo normal) o por escrito

Lengua: los actos procesales se realizarán en castellano, habiendo excepciones en cuanto leguas de las CCAA

Publicidad: las actuaciones judiciales serán públicas con las excepciones que prevean lasa leyes

Órgano jurisdiccional: potestad jurisdiccional, y competencia objetiva funcional y territorial

Las partes: capacidad para ser parte y la legitimación, además de la postulación

Días hábiles: todos los días del año, a excepción de los findes, 24 y 31 de diciembre, los días de fiesta nacional y los festivos a efectos laborales

Horas hábiles: desde las ocho de la mañana a ocho de la tarde

Cómputo de las fechas: días (se excluyen los inhábiles, meses o años (de fecha a fecha). Los escritos y documentos en formato electrónico podrán presentarse todos los días del año durante las 24h, si se entrega en un día u hora inhábil se entenderá, a efectos procesales efectuada el primer día y hora hábil del día siguiente

Improrrogables: sin prejuicio de su interrupción o demora, reanudándose así su cómputo

Preclusivos: transcurrido el plazo ya no podrán realizarlo y si o hacen, no producirán efectos

Nulidad de pleno derecho

Causas

Declaración de nulidad

Falta de jurisdicción o de competencia objetiva o funcional

Bajo violencia o intimidación

Prescindiendo de las normas esenciales del procedimiento

Sin intervención de un abogado

Cuando se resuelvan mediante diligencias de ordenación o decreto de cuestiones cuando, hayan de ser resueltas por medio de la providencia

Cuando lo establezca la ley

Antes de la resolución: el Tribunal de Oficio podrá declarar, precia audiencia de las partes, la nulidad de todas o alguna de las actuaciones

Tras la resolución definitiva que ponga fin al proceso: por medio de los recursos legalmente establecidos, puede hacerse valer la nulidad y los defectos de forma.
Tras la firmeza de la sentencia, si no se ha podido denunciar con anterioridad, se puede hacer valer a través de un incidente de nulidad

Si el tribunal estima su nulidad: se repondrán las actuaciones al estado inmediatamente anterior al defecto y se seguirá el procedimiento legalmente establecido

Si se desestima: auto que condena al solicitante las costas del incidente

Temeridad: multa de noventa a seiscientos euros

Clases

Actos de partes

Actos del órgano jurisdiccional

Actos del LAJ: actos de documentación, de conservación y custodia y de dación de cuenta. En el desarrollo de sus funciones puede redactar diligencias (de ordenación, de comunicación, de constancia o de ejecución) y decretos

Actos de petición: se solicita al Juez que dicte una resolución (de fondo o meramente formal)

Actos de alegación: mediante que las partes aportan al proceso afirmaciones de hecho y de derecho, en las que fundamentan la resolución pedida

Actos de prueba: convencer al Juez la realidad de las afirmaciones que sobre los hechos han realizado las partes

Actos de conclusión: poner de manifiesto los extremos de la prueba practicada o aquellos que puedan resultar de la actividad procesal

Providencias: cuando tengan por objeto la ordenación material del proceso; o cuando la resolución se refiera a cuestiones procesales que requieran una decisión judicial por así establecerlo la ley

Autos: cuando se decidan asuntos contra providencias, o decretos, cuestiones incidentales, nulidad o validez de las actuaciones, cuando se resuelva sobre admisión o inadmisión de demanda, reconvención, acumulación de acciones, admisión o inadmisión de la prueba, aprobación judicial de transacciones, acuerdos de mediación y convenios, medidas cautelares

Sentencias: cuando decidan definitivamente el pleito, deberán revestir de esta forma. Serán firmes, por escritoy se consignarán en documento público y solemne que se denomina ejecutoria

Encabezamiento: nombres de las partes (legitimación y representación en virtud de las cuales actúen), así como los nombres de los abogados y procuradores

En párrafos, separados y numerados, los antecedentes de hecho, las pretensiones de las partes, los hechos alegados relacionados con cuestiones a resolver, pruebas propuestas y practicadas y los hechos probados

En párrafos, separados y numerados los fundamentos de hecho: los puntos de hecho y dcho. fijados por las partes

El fallo: contendrá, numerados, los pronunciamientos correspondientes a las pretensiones de las partes, aunque la estimación de todas o algunas de dichas pretensiones pudiera deducirse de los fundamentos, así como el pronunciamiento sobre las costa

Firma del Magistrado o Juez, lugar y fecha

También expresarán sobre si la misma es firme o cabe algún recurso en contra de ella

Actos de comunicación

Clases de actos de comunicación

Notificaciones: cuando comunican una resolución o actuación del Juez o del Letrado de la Administración de Justicia, sea a las partes del proceso, a las personas que puedan verse afectadas por la resolución que ponga fin al procedimiento o a terceros (3 días desde su fecha o publicación)

Emplazamientos: a partir de los cuales se comunica a las partes una resolución donde se abre un plazo para personarse y actuar

Citaciones: cuando determinen lugar, fecha y hora para compadecer y actuar

Requerimientos: para ordenar al requerido una conducta o actividad

Forma de los actos de comunicación: se pueden realizar a través del procurador que represente a las partes en juicio, en la sede del órganos jurisdiccional o en el servicio común organizado por el Colegio de Procuradores, habiéndose generalizado la utilización de medios electrónicos

Nulidad y subsanación de los actos de comunicación: los que no se practicaran conforme a lo dispuesto en la ley causando indefensión; sin perjuicio de que pueda surtir todos sus efectos cuando la persona notificada, citada, emplazada o requerida se hubiera dado por enterada del asunto, y no denunciase la nulidad de la diligencia en su primer acto de comparecencia ante el tribunal

Actos de comunicación con otros órganos jurisdiccionales (auxilio judicial)

Auxilio judicial interno: es el que están obligados a presentarse los tribunales en las actuaciones que, habiendo sido ordenadas por uno, requieran la colaboración de otro para su práctica (cuando hay que practicar una diligencia fuera de la circunscripción del Juzgado o Tribunal que la hubiere ordenado)

Auxilio judicial internacional: se requiere por un órgano jurisdiccional español a uno extranjero (activo) o viceversa (pasivo). Se dirigirán por la vía diplomática y se tramitarán con lo previsto en los Tratados internacionales, las normas de la UE y las leyes españolas que resulten de aplicaión

Cuando no sea perceptivo la intervención del procurador, se realizara mediante correo certificado o telegrama

Si el acusado tiene domicilio en el partido judicial, no siendo necesaria la personación podrá remitirse cédula de emplazamiento

Cuando las oficinas judiciales, profesionales y destinatarios opten o estén obligados se realizarán actos de comunicación por medios electrónicos

La comunicación ha sido efectuada legalmente, cuando, constatando la correcta remisión por dichos medios, trascurrieran tres días sin que el destinatario acceda a su contenido, salvo que el mismo constara la falta de acceso al sistema de notificaciones durante ese periodo

La comunicación personal mediante cédula de emplazamiento o citación se utilizará cuando las partes no actúen representadas por procurador, cuando se trate del primer emplazamiento o citación al demandado o cuando se trate de comunicaciones a testigos, peritos y otras personas, que sin ser parte del juicio deben intervenir. Si no se encontrara en el domicilio podrá efectuarse, a sobre cerrado a cualquier familiar, empleado o persona con quien conviva (+14), si fuera en trabajo ocasional, a la persona que manifieste conocer a aquel. De no querer firmar la diligencia acreditativa de la entrega, aun así se producirán efectos de comunicación

Comunicación por edictos (carácter supletorio)

Se solicitará por el tribunal que lo requiera mediante exhorto expedido y autorizado por el LAJ de la oficina judicial, remitiéndose por medio del sistema informático judicial. En él se designarán los tribunales exhortante y exhortado; asunto que motiva su expedición; personas que sean parte en el asunto, sus representantes y defensores; actuaciones cuya práctica se interesa y si estas han de practicarse dentro de un plazo

La Oficina del que deba prestar auxilio judicial dispondrá su cumplimiento y lo necesario para que se practiquen las actuaciones que en él se interesen dentro del plazo señalado, cuando esto no sea así el LAJ recordará la urgencia del cumplimiento

Cuando sea pasivo

prestarán auxilio con base a los Tratados Internacionales y sino, basándose en el principio de reciprocidad

Denegarán la prestación de la ayuda solicitada cuando

Sean contrarias al orden público

cuando el proceso del que dimane dicha solicitud sea de la exclusiva competencia de la jurisdicción española

el contenido del acto a realizar no corresponda a las atribuciones propias de la autoridad judicial española requerida

cuando la solicitud no reúna el contenido y requisitos mínimos exigidos por las leyes

Actos de comunicación con sujetos obligados a colaborar en la administración de justicia: el auxilio de la justicia: en nuestro ordenamiento existe un deber general de prestar la colaboración requerida por los jueces y tribunales en el curso del proceso y en la ejecución de lo resuelto

Mandamietnos

Oficios: para las comunicaciones con las autoridades no judiciales y funcionarios distintos de los mencionados en el número anterior