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LEY ORGÁNICA QUE REGULA EL USO DE LA FUERZA - Coggle Diagram
LEY ORGÁNICA QUE REGULA EL USO DE LA FUERZA
ART. 15
ART. 15.- NIVELES DE AMENAZA, RESISTENCIA Y AGRESIÓN DE LA PERSONA INTERVENIDA
RESISTENCIA FÍSICA O DEFENSIVA
La persona intervenida no acata las indicaciones y se opone a su sometimiento.
AMENAZA O PELIGRO LATENTE
Riesgo perceptible de la vulneración de derechos a ciudadanos
o servidores públicos
La situación tiene el potencial de ser peligrosa, pero no están afectadas
todavía ni las personas, ni las propiedades ni el medio ambiente.
AGRESIÓN NO LETAL
La persona intervenida agrede de manera física a las personas, servidores o a sus bienes, SIN generar un peligro de muerte o lesiones graves
RESISTENCIA PASIVA
La persona intervenida no acata las indicaciones durante la intervención, NO manifestar resistencia defensiva o agresión.
AMENAZA O AGRESIÓN LETAL INMINENTE
Acción que pone en peligro inminente de muerte o lesiones graves
ART.13
NIVELES DE USO DE LA FUERZA
VERBALIZACIÓN
Uso de técnicas de comunicación ante una persona cooperadora o no cooperadora.
CONTROL FÍSICO
Uso de técnicas físicas de control y neutralización
TÉCNICAS DEFENSIVAS MENOS LETALES
Uso de armas y munición menos letal y medios logísticos o tecnológicos menos letales a efecto de neutralizar como gas lacrimógeno, PR24, escudo, etc.
FUERZA POTENCIALMENTE LETAL
Uso de armas de fuego a EFECTO DE NEUTRALIZAR al posible infractor
FUERZA INTENCIONALMENTE LETAL
Uso de armas de fuego a efecto de CAUSAR EL DESESO del posible infractor
PRESENCIA
Técnicas de control-contacto visual, a fin de prevenir o disuadir infracción
ART. 26
ART. 26-INTERVENCIÓN POLICIAL Y MILITAR EN CENTROS DE PRIVACIÓN DE LIBERTAD Y EN EL PERÍMETRO EXTERNO
En casos de operativos de seguridad, motines o graves alteraciones al orden para precautelar la vida e integridad física de las personas privadas de libertad, se contará con el apoyo inmediato de la Policía Nacional, estado de excepción, podrá contar con el apoyo de las Fuerzas Armadas
ART. 10
PRINCIPIOS PARA EL USO LEGÍTIMO DE LA FUERZA
PROPORCIONALIDAD
Debe existir un equilibrio entre el tipo y nivel de fuerza utilizada para que el daño que puede causar sea proporcional a la causa.
LEGALIDAD
El uso de la fuerza estará dirigido a lograr un objetivo legítimo
PRECAUCIÓN
Tomar las precauciones para evitar, o minimizar los efectos de uso de la fuerza física o potencial e intencionalmente letal
ABSOLUTA NECESIDAD
Respuesta ante una situación que representa una amenaza o peligro que requiera de una acción inmediata.
HUMANIDAD
Distinguir entre las personas que constituyen una amenaza de muerte o lesión grave y aquellas personas que no presentan esa amenaza.
NO DISCRIMINACIÓN
No usar la fuerza de manera discriminatoria contra ninguna persona o grupos de personas.
RENDICIÓN DE CUENTAS
Rendir cuentas por las disposiciones impartidas y los actos ilícitos
cometidos
ART. 33
ART. 33-USO DE ARMAS DE FUEGO CON MUNICIÓN LETAL
Los servidores de la Ley, estarán autorizados para la tenencia, uso y porte de armas de fuego y munición entregadas en dotación por el Estado, y se usarán sólo en casos excepcionales, como último recurso.
ART. 4
ART.4-PRINCIPIOS GENERALES DE LA LEY
DIGNIDAD HUMANA
Valor inherente que tiene cada persona por su condición de ser humano
DEBIDO PROCESO
Respetar las garantías del debido proceso, en los ámbitos administrativo, disciplinario o jurisdiccional
INTERESPECIE Y BIENESTAR ANIMAL
Prohibido emplear a animales que no se encuentren seleccionados, adiestrados y que no cuenten con equipos de protección.
PRO SER HUMANO
Acciones favorables a fin de reconocer derechos protegidos
PROTECCIÓN A LA VIDA Y A LA INTEGRIDAD DE LAS PERSONAS
Salvaguardar la vida e integridad física o sexual de las personas.
COORDINACIÓN
Realizar acciones conjuntas y coordinadas que se ajusten a sus funciones
RESPETO A LOS DERECHOS HUMANOS
Respetar los derechos humanos conforme a la ley
TRANSPARENCIA
Facilitar la rendición de cuentas y el control social.
ART.24
ART.24- ESTÁNDARES MÍNIMOS EN CONTEXTOS DE REUNIONES MANIFESTACIONES O PROTESTAS SOCIALES PACÍFICAS
VIGILANCIA Y VEEDURÍA
Respetar, garantizar y proteger el accionar de las organizaciones.
ROL DE ESTADO
Proteger derechos y garantías a la protesta social, en condiciones pacíficas
CONDUCTA DE LAS PERSONAS U ORGANIZACIONES EN CONTEXTO DE REUNIÓN
Adoptar medidas posibles para proteger a los participantes, cercos de protección, trazar una ruta, cierre de vías, etc.
APLICACIÓN DE LOS MÁS ALTOS ESTÁNDARES INTERNACIONALES
Seguir estándares internacionales e interamericanos en reuniones, manifestaciones o protestas sociales pacífica.
USO DE TEGNOLOGÍA
Registrar y grabar el accionar de las servidoras y servidores.
FACILIDAD DE ACCESO A LAS INSTITUCIONES DE ASISTENCIA HUMANITARIA
Seguridad y libre circulación del personal de organismos que brindan primeros auxilios y asistencia humanitaria.
DERECHO DE REUNIÓN, MANIFESTACIÓN O PROTESTA SOCIAL PACÍFICA SIN NECESIDAD DE AUTORIZACIÓN PREVIA
.
Los participantes elegirán el contenido, mensajes a transmitir, tiempo, y lugar.
ART. 44
Prohibición del uso de la fuerza con animales de adiestramiento humano
Solo se pueden utilizar en el nivel de presencia es decir únicamente para disuasión
No se puede utilizar a los animales como armas menos letales
Prohíbe el uso de animales de adiestramiento humano para restablecer el orden público, intervención.
QUÉ ES EL OBJETIVO DEL USO LEGÍTIMO DE LA FUERZA?
-Normar el uso progresivo de la fuerza por parte del estado brindado a los servidores públicos para proteger los derechos, seguridades y garantías ciudadanas.