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CAPÍTULO VI RÉGIMEN DE DESARROLLO - Coggle Diagram
CAPÍTULO VI
RÉGIMEN DE DESARROLLO
Capítulo sexto
Trabajo y producción
Sección primera
Formas de organización de la producción y su gestión
Art.319
La economía puede organizarse de distintas formas como son: comunitaria, familiar, cooperativa, etc.
Art.320
La organización de los procesos de producción será participativa, transparente y eficiente
Sección segunda
Tipos de propiedad
Art.321
El Estado aprueba el derecho a la propiedad privada, pública y mixta
Art.322
Se distingue la propiedad intelectual y se prohíbe la apropiación de conocimientos colectivos, diversidad ecológica, etc.
Art.323
Las Instituciones del Estado pueden indeminzar pero no se podrá confiscar
Art.324
La sociedad conyugal será igualitario entre hombres y mujeres de los derechos y oportunidades
Sección tercera
Formas de trabajo y su retribución
Art.325
El Estado garantizará el derecho al trabajo
Art.326
El derecho al trabajo será pleno, remunerado, libertad de organización
Art.327
La relación entre los trabajadores será igualitaria y directa
Art.328
El Estado fijará el salario mínimo, el trabajo debe ser remunerado de manera justa que cubra lo básico
Art.329
Se brindarán oportunidades a los jóvenes y serán sujetos participativos en la producción
Art.330
El Estado garantizará el trabajo a las personas con discapacidad en igualdad de oportunidades
Art.331
El Estado garantizará a las mujeres igualdad de oportunidades laborales
Art.332
El Estado garantizará el derecho de reproducción de las personas, embarazo, lactancia, etc.
Art.333
Se reconoce el trabajo doméstico como trabajo remunerado