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TÍTULO VI Régimen de desarrollo - Coggle Diagram
TÍTULO VI
Régimen de desarrollo
Capítulo cuarto
Soberanía económica
Art.300
El régimen tributario se encargará de recaudar impuestos directos y progresivos
Art.301
Mediante la Función Ejecutiva y la Asamblea Nacional se podrán exonerar, modificar, o eliminar impuestos
Sección sexta
Política monetaria, cambiaria,
crediticia y financiera
Art.302
Las políticas monetaria, crediticia, cambiaria y financiera deberán suministrar medios de pago, establecer la liquidez, promover tasas de interés
Art.303
El Banco Central es el único ente encargado de distribuir la monea y será organizado mediante lo explique la ley
Sección Séptima
Política comercial
Art.306
El Estado mantendrá las importaciones apegadas a la conservación enfocadas en el sector artesanal
Art.304
La política comercial será: desarrollar y fortalecer los mercados internos, fortalecer la producción nacional, garantizar la soberanía alimentaria, evitar el monopolio del sector privado
Art.305
La función ejecutiva será a única encargada de crear aranceles y la fijación de la misma
Art.307
Los contratos del estado realizados con el extranjero no se podrá reclamar políticamente
Sección octava
Sistema financiero
Art.309
El sistema nacional financiero del sector privado, público y popular que son intermediarios en los bienes del estado
Art.308
El estado será el que fomente el acceso a instituciones financieras
Art.310
El sector financiero deberá ser sustentable, eficiente, se deberá enfocar en los sectores más necesitados
Art.311
El sector privado popular y solidario seré en encargado de cooperativas de ahorro, cajas y bancos comunales, etc.
Art.312
Cada institución del sistema nacional bancario no podrá ser titular en empresas ajenas al financiero
Art.313
El Estado es encargado netamente de administrar, regula, entre otros, los sectores prioritarios