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Normas Comunes del procedimiento de las Garantias Constitucionales -…
Normas Comunes del procedimiento de las Garantias Constitucionales
Finalidad de las garantias: Tienen como finalidad la proteccion eficaz e inmediata de todos los derechos que se consolidan en la constitucion para curir los derechos con reparacion integral, por su violación.
Competencia: La demanda será en primera instancia del lugar donde se realizo el acto.
Normas comunes a toso procedimiento: se aplicaran las siguentes normas.
1.Siempre el procedimento sera senciilo,rápido y eficaz.
2.En todas las audiencias el procediemiento será oral.
Si existen documentos electronicos tiene que actuar asi:
-Se especifica la demanda
-La calificaion de la demanda.
-la constestacion de la demanda.
-la sentencia o el auto que apreube el acuerdo.
Seran habilies todos los dias.
4.Todas las notificaciones serán por medios de la jueza u organo responsable.
No se aceptara ningun proceso si tienen acciones que retrasen el agil despacho de la causa.
No se pobra presentar mas de una vex la demanda de violacion de derechos.
7.no se requiere patrocinio.
Los auitos de inadmision y las sentenias son apelas een la corte.
Legitimacion activa: es el poder de hacer efectivas las garantias.
1.
a) Por cualquier persona, comunidad, pueblo, nacionalidad o colectivo, vulnerada o amenazada en
uno o más de sus derechos constitucionales, quien actuará por sí misma o a través de representante
o apoderado; y,
b) Por el Defensor del Pueblo.
contenido de la demanda de garantia:
Nombres ya apedepplidos de losa accionistsd
a) Por cualquier persona, comunidad, pueblo, nacionalidad o colectivo, vulnerada o amenazada en
uno o más de sus derechos constitucionales, quien actuará por sí misma o a través de representante
o apoderado; y,
b) Por el Defensor del Pueblo.
Terminacion del procdeimiento, que son el desistimiento y allanamiento.
La Sala de Selección, después de conocer las sentencias, escogerá discrecionalmente aquellas
La exclusión de la revisión no requiere de motivación expresa.
La Sala de Selección tendrá en cuenta los siguientes parámetros para la selección, que deberán
a) Gravedad del asunto.
b) Novedad del caso e inexistencia de precedente judicial.
c) Negación de los precedentes judiciales fijados por la Corte Constitucional.
d) Relevancia o trascendencia nacional del asunto resuelto en la sentencia.
La Defensora o Defensor del Pueblo o cualquier jueza o juez de la Corte Constitucional podrá
En caso de que la sentencia no haya sido seleccionada dentro del término de veinte días desde su
La Corte definirá los mecanismos para registrar y controlar los casos remitidos y no seleccionados.
La Corte dictará sentencia en los casos seleccionados dentro del término de cuarenta días
Se remitirá, una vez adoptada la decisión, el expediente a la jueza o juez competente de primera
No cabe recurso alguno de ninguna de las decisiones tomadas por la Corte en el proceso de
Pruebas:
La persona accionante deberá demostrar los hechos que alega en la demanda o
en la audiencia, excepto en los casos en que se invierte la carga de la prueba. La recepción de
pruebas se hará únicamente en audiencia y la jueza o juez sólo podrá negarla cuando la haya
calificado de inconstitucional o impertinente
Contenido de la sentencia: se divide en:- 1.Antecedentes
2.Fundamentos de hecho
3.Fundamnetos de derecho
4.Resolucion
Reparacion Integral: En caso de daño material e inmaterial se ordenara el derecho a la reparacion intergral
Apelacion: Tienes 3 dias habiles despues de la notificacion por escrito.
Seleccion de Sentecias por la Corte Constitucioanle: