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LEY ORGÁNICA DE PREVENCIÓN, DETECCIÓN Y ERRADICACIÓN DEL
DELITO DE LAVADO…
LEY ORGÁNICA DE PREVENCIÓN, DETECCIÓN Y ERRADICACIÓN DEL
DELITO DE LAVADO DE ACTIVOS Y DEL FINANCIAMIENTO DE DELITOS
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RÉGIMEN INSTITUCIONAL
La Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera ejercerá la rectoría en materia de prevención del lavado de activos y el financiamiento
La Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera, además de las facultades detalladas en el artículo anterior, tendrá las siguientes
atribuciones
Diseñar y aprobar políticas, normas y planes de prevención y control del lavado de activos y financiamiento de delitos
Emitir y aplicar medidas preventivas contra el lavado de activos en los sectores de la actividad económica y financiera de su competencia
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Las demás que le correspondan, de acuerdo con esta ley
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