Please enable JavaScript.
Coggle requires JavaScript to display documents.
Decreto Foral 61/2022 - Coggle Diagram
Decreto Foral 61/2022
Artículos
-
Artículo 2
El currículo es el conjunto de contenidos enunciados en forma de saberes que regulan la práctica educativa
Los centros incluirán una propuesta pedagógica en la que desarrollarán el currículo establecido, adaptándolo a las características personales de cada niño y niña
-
El departamento de educación contribuirá al desarrollo del currículo favoreciendo la elaboración de propuestas pedagógicas que atiendan a las distintas
necesidades del alumnado y del personal educativo.
-
Artículo 4
La Educación Infantil constituye la etapa educativa con identidad propia que atiende a niñas y niños
desde el nacimiento hasta el año natural que cumplen los seis años de edad.
En esta etapa hay dos ciclos de tres etapas cada uno: el 1º desde los 0-3 años, y el 2º desde los 3-6 años
El primer ciclo de Educación Infantil podrá ofertarse en centros que abarquen el ciclo completo o, al
menos, un año completo del mismo.
Artículo 5
La finalidad de la educación infantil es contribuir al desarrollo integral del alumnado en todas sus dimensiones, potenciando así la autonomía personal
Artículo 6
-
-
Para garantizar los principios de equidad se tendrán en cuenta las dsigualdades de origen cultural y económico que hay en la evolución infantil
Para cumplir el objetivo de equidad se adoptarán medidas organizativas, curriculares y metodológicas
Artículo 7
-
Esta práctica está orientada al placer a través del aprendizaje y se debe llevar a cabo en ambientes cómodos para potenciar su autoestima
En los dos ciclos se tendrán en cuenta el desarrollo afectivo y el aprendizaje de los hábitos de los niños/as
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
Anexos
Anexo 1
-
PERSONAL, SOCIAL Y APRENDER A APRENDER
MATEMÁTICA, CIENCIA, TECNOLOGIA E INGENIERIA
-
-
-
-
-
-
-