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SOCIEDADES MERCANTILES, Captura de Pantalla 2023-02-08 a la(s) 20.00.32,…
SOCIEDADES MERCANTILES
elementos necesarios para constituir una Sociedad Mercantil
VII.- El domicilio de la sociedad
VIII.- La manera conforme a la cual haya de administrarse la sociedad y las facultades de los
administradores
VI.- La expresión de lo que cada socio aporte en dinero o en otros bienes; el valor atribuido a éstos
y el criterio seguido para su valorización.
IX.- El nombramiento de los administradores y la designación de los que han de llevar la firma
social
V.- El importe del capital social
X.- La manera de hacer la distribución de las utilidades y pérdidas entre los miembros de la
sociedad
IV.- Su duración, misma que podrá ser indefinida
XI.- El importe del fondo de reserva
III.- Su razón social o denominación
XII.- Los casos en que la sociedad haya de disolverse anticipadamente
II.- El objeto de la sociedad
XIII.- Las bases para practicar la liquidación de la sociedad y el modo de proceder a la elección de
los liquidadores, cuando no hayan sido designados anticipadamente
I.- Los nombres, nacionalidad y domicilio de las personas físicas o morales que constituyan la
sociedad
Pasos a seguir para la constitución de una sociedad mercantil
2- De acuerdo a lo señalado en el artículo 5° de Ley General de Sociedades Mercantiles, las sociedades deberán constituirse ante fedatario público (notario o corredor público), y en la misma forma se harán constar con sus modificaciones
Estos elementos necesarios se encuentra en el lado izquierdo del mapa.
3- Una vez protocolizada el acta constitutiva, ésta deberá inscribirse en el Registro Público de Comercip.
Este trámite se llevará a cabo por el notario o corredor público
una vez inscrito el acto en la base de datos, la oficina registral emitirá una boleta de inscripción, la cual será entregada al interesado y que contendrá el Folio Mercantil Electrónico bajo el cual se encuentra registrada
1- El primer paso para constituir una sociedad mercantil, consiste en obtener de la Secretaria de Economía la autorización de uso de denominación o razón social. Recordemos que la denominación o razón social permite individualizarla y distinguirla de otras.
Este trámite podrá realizarse por internet a través del portal www.tuempresa.gob.mx o mediante escrito libre. La Secretaría de Economía contará con un plazo máximo de dos días hábiles para resolver toda solicitud que reciba a través del sistema electrónico
4- Una vez que el acta constitutiva se encuentre protocolizada y legalizada, se procederá a la inscripción ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
. De este trámite, se obtiene la Cédula de Identificación Fiscal de la sociedad que contiene el número de Registro Federal de Contribuyentes (RFC)
Miguel Carlos Sierra Ruz
(S/f). Gob.mx. Recuperado el 9 de febrero de 2023, de
https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/144_140618
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