Please enable JavaScript.
Coggle requires JavaScript to display documents.
PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL Decreto 1860 image, Deberes y Derechos…
PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL
Decreto 1860
Deberes y Derechos
Procedimientos para resolver conflictos
individuales o colectivos
Higiene personal y de salud pública
Pautas de comportamiento en relación con el cuidado del medio ambiente
escolar
Calidades y condiciones de los servicios de alimentación - transporte
Sanciones disciplinarias
Pautas de presentación personal
Normas de conducta de alumnos y profesores
Criterios de respeto, valoración y compromiso
Reglas para la elección de representantes al Consejo Directivo
Funcionamiento y operación de los medios de comunicación interna
Encargos hechos al establecimiento para aprovisionar a los alumnos de
material didáctico de uso general, libros, uniformes, seguros de vida y de salud
Reglas para uso del bibliobanco y la biblioteca escolar.
Orienta Aspectos Institucionales
Principios y fundamentos
Identificación de problemas y sus orígenes
Objetivos generales
Estrategia pedagógica
La organización de los planes de estudio
reglamento o manual de convivencia y el reglamento para docentes
Los órganos, funciones y forma de integración del Gobierno Escolar
El sistema de matrículas
Evaluación de los recursos humanos, físicos, económicos y tecnológicos
Las estrategias para articular la institución educativa con las expresiones culturales locales y regionales
Criterios de organización administrativa y de evaluación
Proceso de participación
Las modificaciones
El plan operativo
La agenda del proceso
Formulación y deliberación
La adopción
Los establecimientos educativos como:
Estatal, privado, comunitario, solidario, cooperativo o sin ánimo de lucro
Deberán adoptar a más tardar el 8 de
febrero de 1997 y registrar en el Sistema Nacional de Información, un Proyecto Educativo Institucional
Los establecimientos que no procedieren así, no podrán obtener licencia o recibir reconocimiento oficial
Deberán adoptar a más tardar
del 1o. de marzo de 1995, segun lo establecido en el artículo 14 del presente Decreto 1680
Los establecimientos que pretendan iniciar actividades y por tanto no tengan integrada la comunidad educativa, podrán adoptar un proyecto educativo institucional calificado
CONTENIDO DEL PEI
RECLAMENTO O MANUAL DE CONVIVENCIA
OBLIGATORIEDAD DEL PEI
ADOPCIÓN DEL PEI