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EL CÓDIGO DE ÉTICA DEL EDUCADOR PANAMEÑO - Coggle Diagram
EL CÓDIGO DE ÉTICA DEL EDUCADOR PANAMEÑO
DEBERES EN RELACIÓN CON LOS EDUCANDOS Y COLABORADORES
El educador debe ser cordial, amable y solícito con todos los educandos (as) y colaboradores
El educador debe ser justo e imparcial en sus relaciones con los educandos (as) y colaboradores
El educador debe individualizar el proceso de enseñanza-aprendizaje de sus educandos(as),
El educador debe procurar el desarrollo integral de sus educandos(as) y no limitarse a impartir la enseñanza.
El educador debe establecer relaciones de convivencia fraterna, respetuosa y amistosa entre los padres de familia del centro educativo
El educador no debe dar clases particulares retribuidas a sus propios educandos reprobados.
El educador debe guardar, como secreto profesional
El educador debe utilizar e implementar todas las estrategias necesarias para prevenir que alumnos y colaboradores incurran en hábitos negativos
El educador debe ofrecer y acompañar al educando en todas las oportunidades
DEBERES PROPIOS DEL EDUCADOR
El educador debe poseer el título debidamente acreditado para ejercer su profesión educativa
El educador debe actualizar sus competencias acordes con el contexto nacional e internacional,
El educador debe fortalecer el reconocimiento de su remuneración económica fundamentado
El educador debe considerar el aula de clases,
El educador ha de considerar su cátedra con el máximo respeto;
El educador no debe aprovecharse de su función para fines no profesionales
El educador no debe aceptar comisiones o gratificación por la selección que haga de los libros
El educador debe mantener un alto nivel de autoestima, manifestada en su comportamiento.
El educador debe utilizar e implementar todas las estrategias necesarias para prevenir que alumnos
10.El educador debe evitar utilizar su cargo para aceptar remuneraciones de ningún tipo
11.El educador debe ser un testigo coherente, un creyente convencido
DEBERES CON OTROS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA: DOCENTE, ADMINISTRATIVOS, PADRES DE FAMILIA Y PERSONAL DE APOYO.
El educador debe cultivar un espíritu ético de respeto, solidaridad y hermandad con todos sus colegas.
El educador, incluyendo los que estén en puestos administrativos, debe evitar la crítica destructiva de la conducta o la capacidad de sus compañeros y se guardará en preservar la confidencialidad
El educador debe respetar el ejercicio profesional de los demás educadores y administrativos en su trabajo, funciones, cátedra
Debe reinar un ambiente de cooperación, empatía, solidaridad y objetividad en toda la comunidad educativa
El educador no debe solicitar un puesto ya ocupado por un colega valiéndose de difamaciones de índole personal y/o profesional para obtenerlo.
El educador debe colaborar de manera ética, democrática y participativa en los acuerdos y decisiones de las coordinaciones de departamentos
DEBERES CON LA COMUNIDAD, LA INSTITUCIÓN Y EL ESTADO
El educador debe desarrollar una legítima responsabilidad ética frente a los problemas de la familia y la situación política, económica, cultural, religiosa y ecológica del país y del mundo.
El educador debe asumir una actitud empática y sinérgica con el ámbito familiar y comunitario
El educador debe velar por el cumplimiento, interpretación y divulgación de los fundamentos legales que estructuran el funcionamiento docente.
El educador debe tener presente el respeto que las leyes y normas
El educador debe contribuir con el cumplimiento de la misión, visión, objetivos y metas planificadas
El educador debe respetar y cumplir con el reglamento interno del colegio y todas las normativas vigentes emitidas por el Ministerio de Educación.
El educador debe guardar discreción y confidencialidad sobre informes relacionados con el personal docente
El educador debe promover entre sus compañeros, educandos y personal administrativo el uso adecuado
El educador debe utilizar el tiempo comprendido dentro de la jornada de trabajo, en actividades relacionadas con sus funciones para garantizar su eficiencia.
10.El educador debe presentar a la dirección del colegio, proyectos y propuestas que contribuyan al mejoramiento integral de la educación.
11.El educador debe colaborar con la dirección de la institución en eventos extracurriculares y pedagógicos.
12.El educador debe promover el acercamiento de la institución educativa al entorno físico y social en el que desarrolla su labor.
13.El educador debe promover y propiciar en la Comunidad Educativa el desarrollo del sentido de pertenencia a su colegio o escuela.
El educador debe:
ARTÍCULO 2.
a. Estar inmersos en el proceso de mejoramiento continuo, como base para el logro de la calidad en la educación.
b. Utilizar las mejores estrategias, materiales y herramientas para incentivar y facilitar el aprendizaje.
c. Conocer y utilizar correctamente los avances tecnológicos que permiten el desarrollo de variadas experiencias de aprendizajes
d. Adoptar y adecuar en el proceso educativo y asumir en su vida profesional las nuevas tecnologías y el tratamiento de la información
e. Promover entre los educandos el uso apropiado y responsable de los programas y recursos tecnológicos.
f. Promover y propiciar la vinculación de la teoría con la práctica, en el ámbito tecnológico.
ARTÍCULO 3.
a. Dar seguimiento continuo al rendimiento de los estudiantes con el propósito de buscar mejoras en el logro de los aprendizajes.
b. Planificar las actividades de evaluaciones que permitan obtener evidencias del desempeño de los estudiantes.
c. Mantener una comunicación constante con los padres, madres de familia y acudientes, para informarles sobre la evaluación y el rendimiento académico de sus acudidos.