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SECCIÓN TERCERA Delitos contra la eficiencia de la administración publica …
SECCIÓN TERCERA Delitos contra la eficiencia de la administración publica
Art.278.- PECULADO
La y los servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal en alguna de las instituciones del estado,abusen,apropien,dispongan arbitrariamente de los bienes muebles,dinero sea publico o privado.
sanción con pena privada de libertad de 10 a 3 años- de 5 a 7 años y de 7 a 10 años
Art.279.- Enriquecimiento ilícito.-
si el incremento patrimonial, superior a cuatrocientos salarios básicos unificados.
sanción con pena privada de libertad de 7 a 10 años.
si el incremento patrimonial es superior a docientos y menor a cuatrocientos salarios básicos unificados.
sanción con pena privada de libertad de 5 a 7 años.
si el incremento patrimonial es superior a docientos salarios básicos unificados del trabajo en general.
sanción con pena privada de libertad de 3 a 5 años.
Art.280.- Cohecho
Reciba o acepte ,benéficos económicos indebidos para omitir, agilitar, retardar condicionar cuestiones relevantes a sus funciones.
sanción con pena privada de libertad de 1 a 3 años.
si el servidor ejecuta el acto o no realiza el acto debido.
sanción con pena privada de libertad de 3 a 5 años.
si la conducta descrita es para cometer otro delito.
sanción con pena privada de libertad de 5 a 7 años.
Art.281.- Concusiòn
Sus agentes o dependientes oficiales que abusen de su cargo o funcion, por si o por terceros, exija la entrega de derechos, cuotas,contribuciones, rentas,intereses, sueldos.
sanción con pena privada de libertad de 3 a 5 años.
Se realiza mediante violencia o amenazas
sanción con pena privada de libertad de 5 a 7 años.
Art.289.- Testaferrismo.
La persona que consienta a aparentar como suyo bienes,títulos,acciones,participaciones,dinero,productos de enriquecimiento privado no justificado.
sanción con pena privada de libertad de 3 a 5 años.
Las personas que, siendo titular de autorización de armaje de embarcaciones o permiso de operaciones en el Parque Nacional de Galápagos.
sanción con pena privada de libertad de 3 a 5 años.