Para los efectos del artículo 28, fracciones I y II del Código, se estará a lo siguiente:
Los documentos e información que integran la contabilidad son:
I.Los registros o asientos contables auxiliares, incluyendo el catálogo de cuentas que se utilice para tal efecto, así como las pólizas de dichos registros y asientos;
II.Los avisos o solicitudes de inscripción al registro federal de contribuyentes, así como su documentación soporte;
III.Las declaraciones anuales, informativas y de pagos provisionales, mensuales, bimestrales, trimestrales o definitivos;