Please enable JavaScript.
Coggle requires JavaScript to display documents.
REGLAMENTO DE SEGURIDAD DEL TRABAJO CONTRA RIESGOS EN INSTALACIONES DE…
REGLAMENTO DE SEGURIDAD DEL TRABAJO CONTRA RIESGOS EN INSTALACIONES DE ENERGÍA ELÉCTRICA
Capítulo I
DISPOSICIONES QUE DEBEN OBSERVARSE EN EL MONTAJE DE INSTALACIONES ELÉCTRICAS
Art. 2.- Protección contra descargas atmosféricas.
En las zonas particularmente expuestas a los efectos de los rayos, debe protegerse toda instalación eléctrica aérea contra las descargas atmosféricas.
Art. 3.-
Identificación de aparatos y circuitos.
El conductor neutro y los conductores de puesta a tierra y de protección, deben diferenciarse claramente de los otros conductores.
Art. 4.- Separación de las fuentes de energía.
En el origen de toda instalación se colocará un dispositivo que permita separarla de
su fuente de energía.
Art. 5.- Tomas de tierra y conductores de protección.
La conexión de las masas de los aparatos y de las estructuras metálicas, deben hacerse con derivaciones conectadas a una línea principal de tierra; en ningún caso debe conectarse en serie
Art. 9.-
Electricidad estática.
La adopción y utilización de cualquiera de las medidas indicadas anteriormente
estará condicionada a las características particulares de la instalación protegida
Art. 10.-
Cercas eléctricas para ganado.
Capítulo II
NORMAS DE SEGURIDAD PARA EL PERSONAL QUE INTERVIENE EN LA OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES ELÉCTRICAS.
Art. 12.-
Trabajos en instalaciones eléctricas sin tensión.
Poner a tierra las fases, en el lado que quedó sin tensión, lo más cerca posible al
aparato de corte de la corriente operada.
Art. 14.-
Intervención en instalaciones eléctricas energizadas.
El personal que intervenga en trabajos, en instalaciones energizadas estará
debidamente formado para aplicar según sea el caso
Art. 15.-
Participación, control y responsabilidad.
Se establecerá un control que permita disponer con claridad la responsabilidad y participación del personal
Capítulo III
NORMAS PARA INTERVENCIÓN EN EQUIPOS, INSTALACIONES Y CASOS ESPECIALES
Art. 17.- Transformadores de intensidad.
Para dejar fuera de servicio a un transformador de intensidad se desconectará
únicamente el primario
Art. 20.-
Interruptores y seccionadores.
El personal que maniobra seccionadores de cuchilla uni polares debe operarlos con
pértiga, guantes y alfombras o taburetes
Art. 21.- Condensadores estáticos.
Cuando exista una diferencia de potencial de 220 voltios separar las partes desnudas energizadas de aquellas con las que sea posible el contacto inadvertido para el trabajador