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Marco Legal de la Capacitación en México, Gerardo Jair Cruz Torres -…
Marco Legal de la Capacitación en México
La constitución Política
La federación, los estados y municipios tienen la obligación de garantizar e incrementar la capacitación productiva destinad a los pueblos indígenas.
La federación y los estados deben proporcionar capacitación para el trabajo como un medio de readaptación social.
El artículo 123
Las empresas estarán obligadas a proporcionar a sus trabajadores capacitación o adiestramiento para el trabajo.
Ley reglamentaria
Determinará los sistemas, métodos y procedimientos conforme a los cuales los patrones deberán cumplir dicha obligación.
Ley federal del trabajo
Todo trabajador tiene derecho a que su patrón le proporcione capacitación o adiestramiento.
Todas las empresas publicas o privadas tienen como obligación el proporcionar a sus trabajadores capacitación.
La capacitación
Tendrá como objetivo:
Actualizar y perfeccionar los conocimientos y habilidades del trabajador
Preparar al trabajador para ocupar una vacante o puesto de nueva creación
Prevenir riesgos de trabajo
Incrementar la productividad
Mejorar las aptitudes del trabajador
Cada empresa constituirá comisiones mixtas de capacitación y adiestramiento.
Vigilaran la instrumentación y operación del sistema y de los procedimientos que se implanten para mejorar la capacitación.
Contratos colectivos
Podrá consignarse en los propios contratos el procedimiento con el cual el patrón capacitara a quienes pretendan ingresar.
Cada empresa dentro de los quince días siguientes a la celebración, revisión o prorroga del contrato colectivo deberá presentar ante la Secretaria del trabajo y prevención social para su aprobación, los planes y programas de capacitación.
Constancia de habilidades laborales
Es el documento expedido por el capacitador con el cual el trabajador acreditará haber llevado y aprobado un curso de capacitación
Las empresas están obligadas a enviar a la Secretaria del Trabajo y Prevención Social listas de las constancias que se hayan expedido a sus trabajadores.
Las constancias surtirán plenos efectos, para fines de ascenso, dentro de la empresa que se haya proporcionado la capacitación.
Gerardo Jair Cruz Torres