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Fe pública - Coggle Diagram
Fe pública
Registros públicos
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Registrar tanto hechos como actos ante un registro público es de gran importancia, quien tenga el interés podrá presentarse ante un registro para conocer sobre una situación jurídica relacionada con inmuebles, marca, sociedad, entre otros.
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Cuando el Registro Público recibe la petición, colocando el sello que señale la hora, minutos así como segundos en la que es recibida con el fin de evitar se repitan.
Fedetarios públicos
Individuos con capacidad legal. Pueden dar fe así como además de que autentifican los hechos, acciones jurídicas.
Notario
Se encarga de recibir, realizar la interpretación así como redacción y dar una forma legal la voluntad de los individuos que se presen-tan ante él además de brindar certeza jurídica a cada acto / hecho por medio de la consignación. Suele mantener los instrumentos du-rante el protocolo que tenga a cargo, hará la reproducción y dará fe. De igual manera, es auxiliar de la administración de la justicia.
Corredor público
Se encargan de constar actos en donde participen las pólizas o las actas. Crean archivos y de manera ordenada se encargan de asentar extractos de cada póliza en los libros que tendrán efecto y son denominados de registro. Realizan las pólizas.
Registradores
Se encargan de llevar los registros tanto de propiedad como de los bienes muebles y/o mercantiles. Se encargan de calificar la legalidad que tengan los documentos ya sea notariales, particulares, o administrativos.
Secretario judicial
Es aquel integrante de un sistema judicial que suele ser el ministro de la fe pública ante los tribunales.
Actuario judicial
Encargado de dar fe ante los autoprocesales. Suele ser quien lleva a cabo las acciones que se requieren para que se materialice cada decisión de parte de la autoridad ordenadora. De igual manera, lleva a cabo las notificaciones, los requerimientos, los emplazamientos así como las diligencias que dicte el juez.