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Régimen Simple de Tributación
¿Quienes pueden inscribirse?
Personas naturales que desarrollen empresa incluyendo profesionales liberales, o personas jurídicas de naturaleza societaria, cuyos socios o accionistas sean personas naturales residentes en Colombia.
Que en el año gravable anterior hubieren obtenido ingresos brutos, ordinarios o extraordinarios, inferiores a 80.000 UVT ($2.848.560.000 para el año 2020).
Que cumplan las obligaciones tributarias de carácter nacional y local.
Beneficios
Las tarifas del RST están entre el 1.8% y el 14.5% y su aplicación dependerá de los ingresos brutos y de la actividad empresarial desarrollada. Es decir, son muy inferiores a las del impuesto sobre la Renta.
Los ingresos constitutivos de ganancia ocasional, así como los ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional, no integran a base gravable del RST conformada por los ingresos brutos ordinarios o extraordinarios.
Como mecanismo para impulsar la formalización laboral, los pagos que el empresario realice por concepto de aportes de pensiones de sus trabajadores, se descuentan del impuesto o anticipo a pagar del RST. Este descuento no afecta los recursos municipales o distritales.
El 0.5% de los pagos recibidos por el empresario a través de tarjetas débito o crédito u otros mecanismos de pagos electrónicos, se descuentan del impuesto a pagar del RST. Este descuento no afecta los recursos municipales o distritales.
Mejora el flujo de caja, pues los contribuyentes no están sujetos a Retenciones en la Fuente, ni están obligados a practicarlas a título del impuesto sobre la renta, salvo las de índole laboral o las de IVA.
No genera cargas administrativas adicionales relacionadas con el sistema de retenciones en la fuente.
El contribuyente que opte por el SIMPLE está exonerado del pago de parafiscales (ICBF, SENA y Aportes a Salud) en los términos del artículo 114-1 del Estatuto Tributario.
El Régimen Simple de Tributación (en adelante RST) es un tributo que se declara anualmente y se paga con anticipos bimestrales a través de los sistemas electrónicos de la DIAN, que rige a partir del año 2019 y al que pueden acceder de forma voluntaria
Este nuevo régimen busca facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes especialmente de aquellos que están en la informalidad, a quienes les permitirá gozar de todos los beneficios que ofrece formalizarse, no solo porque verán reducida ostensiblemente la carga impositiva y los costos de cumplimiento de la obligación tributaria, sino también porque mejorarán sus condiciones de competitividad en el mercado.
Los contribuyentes de este nuevo modelo de tributación no estarán sometidos al impuesto sobre la renta, debido a que se sustituye por el RST.
¿Como inscribirse?
Personas naturales y jurídicas con actividades comerciales Las personas naturales y jurídicas que realizan actividades comerciales y todavía no estén inscritos en el RUT, pueden generar el PRE-RUT de mejor forma directa y sencilla para presentarlo ante la Cámara de Comercio y así obtener con un solo trámite la inscripción en el Registro Único Tributario y el Certificado de Cámara de Comercio, acogiéndose al nuevo RST.
Personas naturales que no realicen actividades de comercio Mientras que, las personas naturales que no realicen actividades de comercio podrán, para acogerse a dicho Régimen, pudiendo realizar su inscripción en el RUT en línea sin desplazarse a un punto de contacto de la DIAN