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Leyes de Educacion - Coggle Diagram
Leyes de Educacion
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Manejo del personal
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Transferencia
Articulo 54. Tiene derecho a solicitar traslado, el educador que reuna los siguientes requisitos:
Que este nombrado con caracter permanente y ejerciendo la docencia escolar.
Que no este en uso de licencia, con excepcion de la licencia por gravidez, y la asignacion de funciones en planteles escolares.
Manejo de personal
Salario
Articulo 184. para los efectos de sueldo los profesores de educacion secundaria se dividiran en tres categorias:
Profesores con titulo universitario de profesor.
Profesores con titulo universitario
Profesores sin titulo universitario.
Asistencia
Articulo 119. Todo miembro del personal docente o administrativo del ramo de educacion en servicio o que aspire a ingresar a el, debe registrar en el Ministerio de Educacion, si no lo ha hecho, los titulos profesionales exigidos por la presente Ley, para desempeñar el cargo que ejerce o aspire a ejercer.
Recursos y Fondos
Decreto de gabinete 168 de 1971 modificado por las leyes 13 y 16 de 1987 y por la ley 49 y 50 de 2002.
Los profesionales que vengan al pais por cuenta propia y bajo contrato con personas naturales o juridicas establecidas en Panama, deberan pagar en concepto de seguro educativo el 2.75% por todos los ingresos que reciba el profesional independiente, tal como lo establece el Decreto de Gabinete No.168 modificado por la Ley 13 de julio de 1987.