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SISTEMA NACIONAL DE FINANZAS PUBLICAS, Universidad Central Del Ecuador…
SISTEMA NACIONAL DE FINANZAS PUBLICAS
Art. 71.- Rectoría del SINFIP
corresponde a la Presidenta/e de la República, quien la ejercerá a través del Ministerio de Finanzas
Art. 70.- Sistema Nacional de Finanzas Públicas (SINFIP)
Comprende
normas, políticas, instrumentos, procesos, actividades, registros y operaciones
A realizar por los organismos del Sector Público.
Objeto
gestionar en forma programada los ingresos, gastos y financiamiento públicos
Art. 72.- Objetivos específicos del SINFIP
Sostenibilidad, estabilidad y consistencia de la gestión de las finanzas públicas;
Efectividad de la recaudación de los ingresos públicos
Efectividad, oportunidad y equidad de la asignación de recursos
Sostenibilidad y legitimidad del endeudamiento
La efectividad y el manejo integrado de la liquidez de los recursos
Gestión por resultados eficaz y eficiente
Adecuada complementariedad entre sector público y sector privado
La transparencia de la información sobre las finanzas
Art. 73.- Principios del SINFIP
Legalidad, universalidad, unidad, plurianulidad, integridad, sostenibilidad, desconcentración y centralización operativas, participación, transparencia
Universidad Central Del Ecuador Facultad de Ciencias Económicas Legislación Económica y Financiera
Nombre: Marlon Pozo Fecha: 28/07/2020 Aula: LF6-001