El funcionamiento del Supremo Poder Conservador no tenía, todas aquellas virtudes que se descubren en el juicio de Amparo, principalmente las que conciernen a los efectos relativos de la cosa juzgada, Amparo, principalmente las que conciernen a los efectos relativos de la cosa juzgada
, dando sus resoluciones motivo a que se crearan, dentro de su propio régimen constitucional, ruptura, tensión y desequilibrio entre las diversas autoridades máximas, cuyas atribuciones, aparte de ser desmedidas y contener un principio de tiranía, eran ilógicas y absurdas, en especial la relativa a restablecer constitucionalmente, a cualquiera de los tres poderes, cuando hayan sido disueltos revolucionariamente, y la que declaraba que el Supremo Poder Conservador no es responsable de sus operaciones más que a Dios y a la opinión pública, y sus individuos en ningún caso podrán ser juzgados ni reconvenidos por sus opiniones.