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MARCO JURÍDICO EN MATERIA DE CAPACITACIÓN, utilizar, utilizar, mediante,…
MARCO JURÍDICO EN MATERIA DE CAPACITACIÓN
De las Obligaciones de los patrones
Art. 132 Fracción XV.- Proporcionar capacitación y adiestramiento a sus trabajadores.
Comisión Mixta de Capacitación, Adiestramiento y Productividad
Las empresas que tengan más de 50 trabajadores deben constituir la comisión.
Integrada por igual número de representantes de los
trabajadores y de los patrones.
El FORMATO DC-1 “Informe sobre la constitución de la Comisión Mixta de Capacitación, Adiestramiento y Productividad”.
Solamente una
vez, que será cuando se
constituya la comisión mixta
Este formato es interno y NO se entrega STPS
Debe estar integrada por el mismo numero de representantes del patrón y de los trabajadores
Debe de ir en función del numero de personas que laboren en la empresa
Los planes y programas de capacitación, adiestramiento y productividad
Artículo 153-H. Se deberán elaborar dentro de los sesenta días hábiles siguientes a que inicien operaciones
Tendrán vigencia máxima de dos años.
Precisar las etapas durante las cuales se impartirá la capacitación y el adiestramiento al total de los trabajadores de la empresa.
Deberán basarse en normas técnicas de competencia laboral, si las hubiere para los puestos de trabajo de que se trate.
Articulo 153 -F. Deberán conservar a disposición de la STPS y la Secretaría de Economía, los que se haya acordado establecer, o en su caso, las modificaciones. Y cuandono sea así, será sancionado.
El FORMATO DC-2 “Elaboración del plan y programas de capacitación, adiestramiento y productividad”.
Cuando el plan o programa establecido anteriormente haya vencido
Deben incluir diversos temas incluyendo los de seguridad y dependiendo de las necesidades de la empresa
cada que sea establecida una nueva empresa o cuando vence el programa o plan ya creado
Constancia de Competencias o de Habilidades Laborales
Articulo 24. Deben autentificarse por la Comisión Mixta de Capacitación y Adiestramiento, en las empresas con mas de 50 trabajadores.
Entregar dentro de los
veinte días hábiles siguientes al término del mismo.
Se podrá usar firmas digitalizadas en sustitución de firmas autógrafas.
Se deberá conservar en los
archivos de la empresa, a
¿Quien las Expide?
La entidad capacitadora cuando se trate de agentes capacitadores externos.
La empresa cuando se trate de agentes instructores internos
Por las empresas que se haya adquirido un bien o un servicio.
Autoridades competentes de la secretaría
El FORMATO DC-3 “Constancia de
competencias o de habilidades laborales”
cada vez que una persona haya tomado y aprobado un curso programado en el plan o programa de capacitación
se genera en dos tantos, una para el trabajador y otro para el patrón de respaldo
este formato no se entrega a la STPS, sino a cada uno de los trabajadores que asisten al curso
De las Listas Correspondientes
Articulo 26. Enviar a la STPS para su registro y control, todas las empresas.
Listas de Constancias
datos generales de la empresa
vigencia del plan y programas de capacitación
datos generales del trabajador
el grado máximo de estudios terminados que los trabajadores
Presentación de listas
Las empresas que tengan hasta 50 trabajadores presentaran su lista de constancias por medios impresos
De manera personal, deberán presentar el FORMATO DC-4 “Lista de constancias de competencias o de habilidades laborales”
listado del
personal y la cantidad de
cursos que recibió durante
un periodo determinado
Cada año,
después de terminado el
periodo establecido
deben incluir a
todo el personal que
recibió cursos durante el
periodo
Se entrega 20
días hábiles posteriores
después de terminado el
año.
Las empresas con más de 50 trabajadores deberán presentar su lista de constancias de forma electrónica.
Agentes capacitadores Externos
Articulo 5. Las personas morales y físicas con actividad empresarial
Instituciones
Escuelas
organismos especializados de capacitación
instructores
independientes
impartan servicios de capacitación y adiestramiento a las empresas deberán realizar, los trámites siguientes:
Registro inicial, FORMATO DC-5
Modificación de cursos o programas y/o modificación de plantilla
docente, formato DC-5.
Realización de trámite ante la DFT o el módulo de Registro de la Dirección General de Capacitación de acuerdo al domicilio de su empresa.
Trámites y servicios en línea
utilizar
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mediante
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Angeles Angel Hugo Gerardo
Matricula: 201M03103