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Mecanismos específicos de Inversión
OFERTA PÚBLICA DE ACCIONES
Podrán realizar oferta pública primaria de acciones las sociedades anónimas y de economía mixta que se funden mediante constitución sucesiva o suscripción pública de acciones.
También podrán realizar oferta pública primaria de acciones las sociedades anónimas y de economía mixta ya existentes que realicen aumentos de capital por suscripción pública.
Las sociedades anónimas y de economía mixta ya existentes podrán también inscribir sus acciones ya emitidas en el Catastro Público del Mercado de Valores con el fin de realizar una oferta pública secundaria de acciones.
EMISIÓN DE OBLIGACIONES
Son valores de contenido crediticio representativos de deuda a cargo del emisor que podrán ser emitidos por personas jurídicas de derecho público o privado, sucursales de compañías extranjeras domiciliadas en el Ecuador, y por quienes establezca la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera.
La emisión de obligaciones puede ser a largo plazo y a corto plazo (denominadas también papel comercial).
OBLIGACIONES DE LARGO PLAZO:
Las compañías emisoras inscritas en el Catastro Público del Mercado de Valores podrán emitir obligaciones a largo plazo con garantía general o específica
Tendrán un plazo superior a trescientos sesenta días.
OBLIGACIONES DE CORTO PLAZO O PAPEL COMERCIAL:
Las compañías emisoras inscritas en el Catastro Público del Mercado de Valores podrán emitir obligaciones a corto plazo con garantía general
también denominado papel comercial, con plazo inferior a trescientos sesenta días.
FACTURAS COMERCIALES NEGOCIABLES
Son títulos valores que se utilizan para la compra venta a plazo de mercaderías o servicios.
El vendedor o el prestador del servicio deberá librar y entregar o remitir la factura al comprador o adquiriente, para que éste la devuelva debidamente aceptada, una vez aceptada incorpora un derecho de crédito sobre la totalidad o la parte insoluta del precio del bien o servicio.
Pueden ser inscritas en el Catastro Público del Mercado de Valores y ser transadas en el mercado bursátil común o en el Registro Especial Bursátil.
REGISTRO UNICO ESPECIAL BURSÁTIL (REB)
Es un segmento permanente del mercado bursátil en el cual se negocian únicamente valores de las empresas pertenecientes al sector económico de pequeñas y/o medianas empresas y de las organizaciones de la economía popular y solidaria
Para acceder al REB las empresas deberán observar la regulación diferenciada establecida por la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera y contar con la autorización de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguro
que por sus características específicas, necesidades de política económica y el nivel de desarrollo de estos valores y/o sus emisores ameriten la necesidad de negociarse en un mercado específico y especializado para esos valores.
TITULARIZACIÓN:
Se emiten valores susceptibles de ser colocados y negociados libremente en el mercado bursátil, emitidos con cargo a un patrimonio autónomo.
Las partes esenciales que deben intervenir en un proceso de titularización son: originador, agente de manejo, patrimonio de propósito exclusivo(fideicomiso mercantil), inversionistas y Comité de Vigilancia.
Los valores que pueden emitirse como producto de un proceso de titularización pueden ser de tres tipos:
Valores de contenido crediticio:
Los inversionistas adquieren el derecho a percibir la restitución del capital invertido más el rendimiento financiero correspondiente, con los recursos provenientes del fideicomiso mercantil y según los términos y condiciones de los valores emitidos.
Valores de participación
Por los cuales los inversionistas adquieren una alícuota en el patrimonio de propósito exclusivo, a prorrata de su inversión, con lo cual participa de los resultados, sea utilidades, sean pérdidas, que arroje dicho patrimonio respecto del proceso de titularización
Valores Mixtos
Por los cuales los inversionistas adquieren valores que combinan las características de valores de contenido crediticio y valores de participación, según los términos y condiciones de cada proceso de titularización