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Leyes mexicanas que obligan a presentar estados financieros
Código Fiscal de la Federación
Art. 28
Las personas que de acuerdo con las disposiciones fiscales estén obligadas a llevar contabilidad
Fracción II. Los asientos en la contabilidad serán analíticos y deberán efectuar dentro de los 2 meses sig. A la fecha que se realicen las actividades. Llevaran las contabilidades en su domicilio. Podrá llevarse en un lugar distinto cuando se cumplan los requisitos del RCFF.
Reglamento del cogido fiscal de la federación
Artículo 33. para efectos el artículo 28 de CFF
Los registros o asientos contables deberán:
I. Ser analíticos y efectuarse en el mes en que se realicen las operaciones, actos o actividades a que se refieran, a más tardar dentro de los cinco días siguientes a la realización de la operación, acto o actividad
II. Integrarse en el libro diario, en forma descriptiva, todas las operaciones, actos o actividades siguiendo el orden cronológico…
III. Permitir la identificación de cada operación, acto o actividad y sus características…
Ley de impuesto sobre la renta (IVA)
Artículo 32 Obligaciones de los Contribuyentes. En este artículo nos dice que en la Contabilidad se debe de registrar de manera separada a las diferentes tasas de impuesto.
Capítulo VII, Artículo 71 Especificaciones del Registro de las Operaciones.
La Ley Del Impuesto Sobre La Renta (ISR
La ley del ISR establece en primer término las disposiciones preliminares aplicables en rasgos generales en materia de dicho impuesto, y fija los tratamientos que corresponden a las personas morales (empresas) y personas físicas.
Ley de sociedades mercantiles
Art. 176°. La falta de presentación oportuna del informe a que se refiere el enunciado general del Art. 172°. Será motivo para que la Asamblea General de Accionistas acuerde la remoción del Administrador o Consejo de Administración, o de los Comisarios, sin perjuicio de que se les exijan las responsabilidades en que respectivamente hubieren incurrido.
Art. 172 Las sociedades, bajo la responsabilidad de sus administradores, presentarán a la Asamblea de Accionistas, anualmente, un informe que incluya por lo menos:
a) Un informe de los administradores sobre la marcha de la sociedad en el ejercicio, así como sobre las políticas seguidas por los administradores y, en su caso, sobre los principales proyectos existentes.
b) Un informe en que declaren y expliquen las principales políticas y criterios contables y de información seguidos en la preparación de la información financiera.
c) Un estado que muestre la situación financiera de la sociedad a la fecha de cierre del ejercicio.
d) Un estado que muestre, debidamente explicados y clasificados, los resultados de la sociedad durante el ejercicio.
e) Un estado que muestre los cambios en la situación financiera durante el ejercicio.
f) Un estado que muestre los cambios en las partidas que integran el patrimonio social, acaecidos durante el ejercicio.
g) Las notas que sean necesarias para completar o aclarar la información que suministren los estados anteriores.