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monopolio y control de funciones en el Perú - Coggle Diagram
monopolio y control de funciones en el Perú
1. ¿El monopolio está prohibido en el Perú?
El primer párrafo del artículo 61º de nuestra Constitución establece: “El Estado facilita y vigila la libre competencia. Combate toda práctica que la limite y el abuso de posiciones dominantes o monopólicas. Ninguna ley ni concertación puede autorizar ni establecer monopolios”.
Los monopolios no están prohibidos. Sin embargo, sí se encuentra proscrito que mediante una ley o concertación se autorice o establezca un monopolio.
Los monopolios que son, por ejemplo, consecuencia de la propia dinámica del mercado (por ejemplo, porque un agente de mercado le gana a sus competidores), son perfectamente lícitos.
Control de fusiones el Perú
CONCEPTO
:El Poder Ejecutivo publicó el decreto de urgencia Nº 013-2019 que establece el control previo de las operaciones de concentración empresarial (control de fusiones), con la finalidad de promover la eficiencia económica en los mercados para el bienestar de los consumidores.
Que es el control de fusiones
se determinó que están comprendidos en esta ley los actos de concentración empresarial, conforme a los umbrales previstos, que produzcan efectos en el territorio nacional, incluyendo actos de concentración que se realicen en el extranjero y vinculen directa o indirectamente a agentes económicos que desarrollan actividades económicas en el país.
También están involucrados los agentes económicos que oferten o demanden bienes o servicios en el mercado y realicen actos de concentración que produzcan o puedan producir efectos anticompetitivos
¿Que es el umbral?
Cunado la suma total del valor de las ventas o ingresos brutos anuales en el país de las empresas involucradas en la operación de concentración empresarial haya alcanzado durante el ejercicio fiscal anterior a aquel en que se notifique que la operación, un valor igual o superior a 118,000 UIT (S/ 495.6 millones).
La norma indica que si antes de su ejecución la operación de concentración empresarial se encuentra comprendida dentro del umbral previsto, los agentes económicos presentan una solicitud de autorización ante la Comisión de Defensa de la Libre Competencia del Indecopi, la cual se tramita bajo el procedimiento de control previo establecido en el presente decreto de urgencia.
2. ¿Deberían estar prohibidos los monopolios?
De ninguna manera. Los monopolios son parte del proceso competitivo y, de hecho, suelen ser necesarios para incentivar el nivel adecuado de innovación. Probablemente la mayor virtud de la competencia sea que empuja los precios al nivel de los costos.
3. los monopolios implican precios más altos
Como regla general, es previsible que un monopolista pueda cobrar precios mayores.
El precio alto atrae nuevos competidores que, precisamente porque se genera competencia, empujarán el precio nuevamente a la baja.
4. El estado frente a los monopolios
El Estado debe hacer precisamente lo que establece la Constitución: combatir prácticas que limiten la libre competencia de modo que se produzcan abusos de posición de dominio o monopólicas.
Todo “defensor de los consumidores” que defienda un control o regulación de precios es un falso defensor de los consumidores.
5. ¿Entonces, qué pasa con la gente que dice que los monopolios están mal y que los precios altos son injustos y deben ser regulados?
Simple: o bien emplean un discurso para la tribuna que es políticamente rentable o simplemente no han tenido la oportunidad de leer y comprender el contenido de este cuestionario.
¿Que busca el control previo de fusiones?
De acuerdo a los iniciales proponentes de la normativa que regula el control previo de fusiones, la razón de ser de esta norma se encuentra en la defensa de la
libre competencia.