Artículo 2o.-Derechos generales de los contribuyentes:
I. Ser informado y asistido por las autoridades fiscales,cumplimiento de obligaciones tributarias, así como del contenido y alcance de las mismas.
II. Obtener, devoluciones de impuestos que procedan en términos del CCF y de las leyes fiscales aplicables.
III. Conocer el estado de tramitación de los procedimientos en los que sea parte.
IV. Conocer la identidad de las autoridades fiscales bajo cuya responsabilidad se tramiten los procedimientos en los que tengan condición de interesados.
V. Obtener certificación y copia de las declaraciones presentadas, previo el pago de los derechos, establezca la Ley.
VI. No aportar los documentos que ya se encuentran en poder de la autoridad fiscal actuante.
VII. Reservar datos, informes o antecedentes, que conozcan los servidores públicos de la administración tributaria,sólo podrán ser utilizados con lo dispuesto por el artículo 69 del CFF.
VIII. Tratado con el debido respeto y consideración por los servidores públicos.
IX. Actuaciones de las autoridades fiscales que requieran su intervención se lleven a cabo en la forma que les resulte menos onerosa.
X. Formular alegatos, presentar y ofrecer como pruebas documentos conforme a las disposiciones fiscales aplicables, incluso el expediente administrativo del cual emane el acto impugnado, tomara en cuenta al redactar la resolución administrativa.
XI. Ser oído en el trámite administrativo con carácter previo a la emisión de la resolución determinante del crédito fiscal.
XII. Ser informado, al inicio de las facultades de comprobación, sus derechos y obligaciones en el curso de tales actuaciones y a que éstas se desarrollen en los plazos previstos en las leyes fiscales. Cuando se entregue la carta de los derechos del contribuyente y asiente en la actuación que corresponda.
XIII. Corregir su situación fiscal con motivo del ejercicio.
XIV. Recibir notificaciones, en cualquier parte del territorio nacional, salvo cuando tenga su domicilio dentro de la jurisdicción de la sala competente de dicho Tribunal.