PLANES DE DESARROLLO Y DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DE LOS GADs

Art. 51.- Información sobre el cumplimiento de metas

Art. 50.- Seguimiento y Evaluación de los Planes de Desarrollo y de Ordenamiento Territorial

Art. 44.- Disposiciones generales sobre los POT de los GADs

Art. 45.- Mecanismos de coordinación

Art. 49.- Sujeción a los planes de desarrollo y de ordenamiento territorial

Art. 48.- Vigencia de los planes

Art. 46.- Formulación participativa

Art. 43.- Planes de Ordenamiento Territorial

Instrumentos de planificación

Objeto

ordenar, compatibilizar y armonizar las decisiones estratégicas de desarrollo

Respecto

asentamientos humanos, las actividades económico-productivas y el manejo de los recursos naturales

en función de las cualidades territoriales

Criterios

c. Las definiciones relativas al territorio parroquial rural, se coordinarán con los modelos territoriales provinciales, cantonales y/o distritales.

b. Los POTl cantonal y/o distrital definirán y regularán el uso y ocupación del suelo que contiene la localización de todas las actividades que se asiente en el territori

a. Los POT regional y provincial definirán el modelo económico productivo y ambiental, de infraestructura y de conectividad, correspondiente a su nivel territorial

optimizar las intervenciones públicas

Reportarán anualmente

Metas propuestas en sus respectivos planes

Gobiernos autónomos descentralizados

Definirá los procedimientos de coordinación y armonización.

Monitoreo periódico de las metas propuestas

Para establecer los correctivos o modificaciones

entre

planificación territorial de los GADs y competencias sectoriales con incidencia territorial del gobierno central.

Referentes obligatorios

para

Los PDOT se formularán y actualizarán con participación ciudadana

elaboración de planes de inversión, presupuestos y demás instrumentos

aplicando los mecanismos participativos establecidos en la Constitución de la República

Art. 47.- Aprobación

Planes de desarrollo y de ordenamiento territorial

Vigencia a partir de su expedición mediante el acto normativo

obligación

mayoría absoluta de los miembros del órgano legislativo de cada GAD

Publicar y difundir sus respectivos planes

en una nueva sesión se aprobará con el voto de la mayoría simple de los miembros presentes

Universidad Central Del Ecuador Facultad de Ciencias Económicas Legislación Económica y Financiera

Nombre: Marlon Pozo Fecha: 14/07/2020 Aula: LF6-001

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